El jefe de obras de una empresa de movimientos de tierras ha visto confirmado su despido por una falta grave tras incitar al consumo de alcohol en horario laboral. El Tribunal de Apelación rechazó su reclamación (más de 40.000 euros por despido improcedente o inválido) y dejó sin efecto una indemnización previa de 3.677 euros, además de condenarle a pagar 1.000 € en costas.
Jefe de obras despedido por beber alcohol en horario laboral
Todo comenzó el 2 de junio de 2020, en una obra de un supermercado de productos frescos en Charente (Francia). El señor F., jefe de obra, salió varias veces con el coche de empresa para comprar paquetes de cerveza que repartió entre su equipo en plena jornada. A la hora de comer, sacó una botella de Ricard (licor anisado francés con un alto contenido alcohólico) de su nevera portátil y sirvió unos aperitivos, según recoge el medio Le Figaro Emploi.
Unos días después, el 11 de junio, el mal tiempo impidió salir a la obra. En la sede, volvió a sacar una botella de Ricard para tomar un aperitivo en la cafetería, delante de otros compañeros. Esa semana la empresa detectó la desaparición de varias botellas regaladas a un empleado: una apareció escondida en el armario del jefe de obra.
La investigación y la carta de despido: prohibición interna y riesgo con maquinaria pesada
El 25 de junio de 2020 fue despedido por falta grave. La carta citaba la infracción del reglamento interno que prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en las obras, “una prohibición reiterada en un tablón de anuncios en las instalaciones de la empresa y conocida por todos los empleados”. También aludía al incumplimiento de normas básicas de seguridad: el equipo manejaba maquinaria pesada y camiones de varias toneladas, a veces bajo calor sofocante y en pleno fin del confinamiento, cuando seguían prohibidas las reuniones.
El 4 de noviembre de 2021, el señor F. impugnó el despido ante el Tribunal Laboral de Angulema. No negó los hechos, pero alegó que la cerveza estaba permitida por el Código de Trabajo y el reglamento interno, y que quiso compensar la falta de agua potable en la obra. Sobre el Ricard, afirmó que los aperitivos fueron durante la pausa de la comida, “en su tiempo libre”.
Burdeos rechaza los argumentos y prioriza la seguridad laboral
En junio de este año, el Tribunal de Apelación de Burdeos desestimó sus argumentos. Reiteró que los descansos no son tiempo privado cuando tienen lugar entre compañeros en el trabajo, por su impacto directo en la seguridad: “Incluso durante los descansos, los hechos siguen vinculados al contrato de trabajo siempre que afecten a la seguridad de otros empleados”, explicó Henri Guyot. “En este caso, no se trataba solo de una cuestión de comportamiento personal: involucró a sus subordinados, lo que constituye una circunstancia agravante”.
La ley prohíbe los licores fuertes como el Ricard en el trabajo y, aunque cerveza o vino puedan tolerarse en algunas circunstancias, el Tribunal dejó claro que no hay justificación para comprarlos para los compañeros. “Si había escasez de agua, deberían haber comprado agua, no cerveza”. Además, pesaron otros testimonios internos: un conductor de niveladora tuvo que seguir trabajando solo porque un compañero “estaba tomando un aperitivo”, y un albañil relató que esos aperitivos eran casi diarios, aunque “todo estaba limpio cuando el jefe llegó a la obra”.
Doctrina sobre alcohol, liderazgo y prevención en construcción
Con estos elementos, los jueces concluyeron que el jefe “incumplió gravemente sus obligaciones profesionales”, lo que hacía imposible su continuidad. Su pretensión de más de 40.000 euros (además del preaviso y la suspensión) quedó sin efecto. Dado lo anterior, la apelación revocó incluso los 3.677 euros concedidos en primera instancia por supuestas irregularidades de forma y le impuso 1.000 € en costas.
El caso refuerza que suministrar alcohol al equipo y consumirlo, incluso en pausas, puede acarrear un despido disciplinario cuando afecta a la seguridad, especialmente en obras con maquinaria pesada. Por este motivo, la sentencia marca un aviso para responsables de obra y empresas sobre el cumplimiento estricto de sus normas internas.







