La sentencia 913/2023 ratifica la procedencia del despido disciplinario al apreciar abuso de confianza y transgresión de la buena fe contractual.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón ha desestimado el recurso de un trabajador de una compañía de aves y confirma su despido tras ser sorprendido comiendo productos elaborados en la cocina del departamento de I+D durante su turno de noche. El empleado reconoció los hechos y la empresa encuadró la falta como muy grave.
El caso: despido disciplinario en empresa avícola por transgresión de la buena fe contractual
El trabajador llevaba en la empresa desde octubre de 2017, con contrato indefinido a tiempo completo como celador y un salario mensual de 1.903,59 euros. Según la compañía, accedía a la cocina fuera de sus funciones y, junto a un compañero, preparaba pollo y cachopos para consumirlos en horario laboral, conducta no prevista por la normativa interna.
Las cámaras de seguridad captaron la secuencia de hechos. En la carta de despido, la empresa se amparó en el artículo 51.1.5.4 del convenio colectivo de mataderos de aves y conejos, que califica como infracción muy grave la transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza.
Pruebas con cámaras y carta del trabajador, claves para el tribunal aragonés
En el acto de conciliación no hubo acuerdo y el empleado demandó la nulidad o improcedencia, alegando que la carta remitida a la empresa (en la que manifestaba arrepentimiento) no la redactó él, sino un compañero. Aunque admitió la firma, sostuvo que desconocía sus efectos jurídicos.
El Juzgado de lo Social nº 8 de Zaragoza desestimó la demanda y declaró el despido procedente. Valoró lo grabado por las cámaras y el reconocimiento del trabajador de haber participado en el consumo de los productos cocinados. Para el juez, se vulneró gravemente la confianza depositada por la empresa y se quebrantaron normas de higiene y organización, sin indicios de vulneración de derechos fundamentales ni discriminación.
El fallo del TSJ de Aragón y su encaje en convenio y Estatuto
El TSJ de Aragón confirmó íntegramente la resolución de primera instancia y desestimó el recurso del trabajador. Consideró ajustado a derecho el despido disciplinario al entender qué los hechos, acreditados por videovigilancia, infringían las obligaciones del empleado previstas en el Estatuto de los Trabajadores y en el convenio que contempla la pérdida de confianza como causa.
La Sala subrayó la reiteración y deliberación en el incumplimiento de las normas internas y que el empleado dejó la cocina en malas condiciones pese a haber sido limpiada previamente por el personal de limpieza. Aunque el valor del pollo y los cachopos era reducido, bastó la ruptura de la buena fe contractual para justificar el cese, sin derecho a indemnización ni salarios de tramitación.
Impacto en las políticas internas de empresas avícolas y disciplina laboral
La resolución refuerza la centralidad de la buena fe contractual y del deber de confianza en las relaciones laborales. En este sentido, pone el foco en que el consumo de productos de la empresa, fuera de las funciones asignadas y contra la normativa interna, puede acarrear un despido disciplinario cuando exista prueba suficiente y una conducta reiterada. Dado lo anterior, la sentencia actúa como recordatorio de la vigencia de las reglas internas y su conexión con el régimen disciplinario previsto en el convenio y en la legislación laboral.







