Un tribunal logroñés ordena indemnizar con 9.700 euros a un empleado despedido por tener una foto erótica en su perfil de WhatsApp

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Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 11 de diciembre de 2025 a las 13:59
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Hombre sorprendido mirando su móvil relacionado con un caso de despido por foto en WhatsApp

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJLR) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social nº1 de Logroño sobre el despido disciplinario de un trabajador de Acciona Agua S.L, empresa dedicada a la depuración y distribución de agua. La compañía deberá readmitirlo o indemnizarlo con casi 9.700 euros. El caso se ha resuelto tras el recurso presentado por la propia compañía.

El caso del trabajador de Acciona Agua y el uso del WhatsApp empresarial

El conflicto arranca cuando la empresa decide despedir al trabajador por utilizar una imagen inapropiada como foto de perfil en su WhatsApp empresarial, que compartía con compañeros de trabajo. En esa fotografía aparecía una mujer de forma sugerente. Aunque, según los hechos recogidos, la imagen solo era visible para los miembros del grupo, la empresa entendió que podía perjudicar su imagen. La compañía sostuvo que la conducta del empleado chocaba con sus valores y podía repercutir en su reputación ante clientes y terceros.

Las sanciones previas de Acciona Agua y los antecedentes del trabajador despedido

El trabajador ya había recibido amonestaciones con anterioridad por distintas faltas de disciplina. Entre ellas, fumar en el trabajo, impuntualidad, desobedecer órdenes y abandonar su puesto. Además, fue sancionado por no realizar un curso obligatorio, algo que, según la empresa, había provocado perjuicios económicos. Dado lo anterior, Acciona Agua trató de apoyar la procedencia del despido en esa trayectoria sancionadora, sumándola al episodio del WhatsApp empresarial.

El TSJ de La Rioja respalda al Juzgado de lo Social y tumba el recurso

El TSJLR no dio la razón a la empresa. En su resolución, desestimó el recurso de Acciona Agua y respaldó la decisión previa que había calificado el despido como improcedente. El tribunal consideró que los incidentes anteriores no justificaban la medida más grave. En este sentido, destacó que no existía un protocolo claro sobre el uso del móvil en la empresa. También valoró que no hubo perturbaciones ni daños acreditados a la imagen de la compañía por el hecho de usar esa foto en el perfil del WhatsApp compartido con compañeros.

Impacto de la sentencia sobre despidos disciplinarios y el uso de canales internos

Con este fallo, la empresa queda obligada a readmitir al trabajador o abonarle una indemnización de casi 9.700 euros. La resolución refuerza la importancia de que las empresas cuenten con normas internas claras si pretenden sancionar conductas vinculadas al uso de herramientas o canales corporativos, especialmente cuando no se acredita un perjuicio real.

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