El Tribunal Superior de Justicia de Galicia anula la denegación del INSS por falta de “guarda y custodia judicial” y reconoce el derecho íntegro de la beneficiaria.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha dado la razón a una mujer que solicitó el Ingreso Mínimo Vital (IMV) para ella y sus dos hijos. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se lo había denegado por no aportar una resolución de guarda y custodia, pero el alto tribunal gallego declara que la ley no exige dicho requisito y ordena abonar una prestación anual de 8.967,39 euros desde el mes posterior a la solicitud.
Denegación del Ingreso Mínimo Vital y recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia
La demandante presentó la solicitud del IMV indicando que convive con sus dos menores en el mismo domicilio. El INSS rechazó la petición alegando que no había acreditado judicialmente la composición de la unidad familiar, al no existir sentencia ni demanda de guarda y custodia. Disconforme, la madre recurrió en vía judicial defendiendo que la normativa reconoce la convivencia efectiva como prueba suficiente.
Durante el litigio, aportó incluso una demanda de guarda interpuesta después de recibir la negativa administrativa, aunque subrayó que ese trámite no era obligatorio. La cuestión central quedó clara para la Sala: la ley reguladora del IMV no obliga a las madres o padres a formalizar la custodia por sentencia si ya acreditan la vida en común.
El TSXG confirma que la convivencia basta para acreditar la custodia y acceder al IMV
En su fallo, el tribunal recuerda textualmente que “no se exige por la norma que la actora deba acreditar, para tener derecho a percibir la prestación, el que acredite guarda y custodia judicial o, en su defecto, la presentación de la demanda ante el órgano judicial”. Para los magistrados, la patria potestad se presume cuando no existe conflicto entre progenitores, como ocurría en este caso.
El TSXG insiste en que la madre “cumple los requisitos para acceder a la prestación solicitada, ya que la misma no ha sido denegada por el incumplimiento de requisitos legales”. Por tanto, declara nula la resolución del INSS y obliga a reconocer el derecho completo al IMV.
La Seguridad Social exigió un requisito extra no previsto en la ley, según la sentencia
La administración defendió su posición alegando falta de documentación judicial. Sin embargo, la Sala reprocha que se haya introducido una carga no contemplada en la normativa y considera que ello “hubiera supuesto dificultar injustificadamente el acceso al Ingreso Mínimo Vital a madres (o padres) en situaciones similares”.
Aunque reconoció la cuantía atrasada, el tribunal desestimó los intereses de demora por no estar debidamente fundamentados en la demanda inicial.
Impacto de la resolución sobre futuras solicitudes del Ingreso Mínimo Vital y doctrina administrativa
Este pronunciamiento del TSXG marca un precedente relevante para las unidades familiares monoparentales: refuerza que basta la convivencia efectiva para acreditar la custodia cuando no hay controversia. Asimismo, llama la atención del INSS sobre la necesidad de atenerse estrictamente a los requisitos legales y evitar barreras burocráticas que contravengan la finalidad protectora del IMV.
Para las madres y padres en circunstancias similares, la sentencia confirma que pueden reclamar si la Seguridad Social les exige documentos no previstos en la ley. La resolución también invita a revisar los protocolos internos del INSS para armonizarlos con el espíritu garantista de la normativa del Ingreso Mínimo Vital, evitando futuros litigios y demoras en la concesión de esta ayuda esencial.
Es que se lo dan a cualquiera y sin a ver trabajado en su vida y encima se fue de vacaciones con la ayuda que en verdad no le hace falta porque ha dicho que no vive con el padre de su hija y es mentira el vive ahí porque lo veo todos los días y el trabaja en negro y cobrando del inem .
Pues será ahí en su comunidad, porque en las palmas de Gran Canaria esa ayuda es casi imposible de conseguir, todo son impedimentos que si tienes que tener 6 meses en el mismo sitio viviendo, (lo cual si estas recogida por familiares no es posible esto ya que te ves llendo de una vivienda a otra en corto tiempo y no por gusto si no por necesidad), si te ves en la calle, como no puedes empadronarte en ésta, no te la conceden tampoco porque reza tu último empadronamiento donde te reza los ingresos de tus familiares y tu sin estar ni en esa vivienda. Para decirte más tengo 5 hijos, familia numerosa especial, la más pequeña tiene 1 año, me vi en la calle con ellos porque mi hermana no me podía tener en su vivienda más tiempo, alquilar imposible porque piden tantas cosas entre ellas solo el decir 5 hijos ya es un no rotundo, vi una vieja y abandonada granja de pollos y ahí es donde vivo con mis hijos, lo he adecuado como una vivienda y arreglado porque llevaba mas de 10 años abandonada y en mal estado, aun así aquí jamás me podré empadronar y aparezco en el padron de mi hermana sin vivir ahí, y aún así el gobierno no me ha ayudado en nada ni en vivienda (17 años solicitandola) ni en ayudas, lo más que me puede dar es dos veces al año una ayuda de pago único 200 euros para comprar comida, y el banco de alimentos. Por lo cual no creo que se la den a todo el mundo. Y no solo he echado esa ayuda también la renta canaria de ciudadanía y de esta hace un año ya y aún no me han ni contestado. Así que no veo eso que usted dice. Al igual que el tema de ocupas, me parece mal que se metan en viviendas de otras personas pero no todos los ocupas son iguales ahí que verse en la calle con sus hijos sin ayudas a ver que harían más de uno de los que tanto juzgan y critican. Hablan en general de las cosas pero nadie se pone en el lugar y mira que no todas las situaciones son iguales. Es más me parece de egoísta e hipócrita que tengan casas abandonadas mas de 10 años y en ruinas y después se quejen de que las usa alguien que la necesita para su familia ya que el gobierno no la ayuda y se ve en la calle y se la arreglan y aun asi son los malos. Yo puedo enseñarles videos del estado de esta granja hace 4 meses el dia que llegue, y el estado en el que la he puesto en solo 4 meses y sin ayudas de nuestro querido gobierno. Yo tuve todo hasta hace 4 años pero eso fue gracias a mi madre tanto me ayudo con mis hijos para que pudiera trabajar como en economia si me faltaba algo, e incluso me recogio con mis hijos en su casa cuando los alquileres se pusieron difíciles pero falleció en 2021 y desde entonces hasta en la calle me vi. La vida da vueltas y nadie es quien para juzgar a nadie.
Y a usted que le importará alcahueta.
Me desgañito con la tele cuando veo y oigo a los politicos diciendo que España tiene una democracia consolidada, cuando los ciudadanos miramos alrededor nuestro y todo son despropósitos, trabas, negativas, ignorar solicitudes en cajones, sin respuesta. Vergüenza, vergüenza, verguenza
Esta norma es un bulo comunista para aparentar que se preocupan mientras los políticos roban millones .A mí me la denegaron en plena pandemia con 2 hijos menores porque aducieron que yo no era residente cuando yo soy ciudadano y nunca respondieron la reclamación, eso ocurrió aquí en Tenerife
Hola a todos yo cobro vital de tres personas 1200 y tengo a mi nieta de acogimiento familiar y te dan una subvención para cosas personales, que es exenta a todo tipo de ayudas ,nominas ,pensiones,etc
Llevo luchando dos años porque me bajan la vital por que dicen que cobro una donación,jajjajaaj como si no supieran ellos.
Me devolvieron todo en 2024 y en enero 2025 otra vez con la movida que si cobro donaciones y tonterias si ellos lo pueden ver y hacienda tambien, por que me vuelven loca y tengo que poner 10 o 12 recursos no lo entiendo marean la perdiz, esta en el boe que es. exenta a sumarlo con vital , asi andamios a ver si se arregla….por que claro la he tenido que sacar de extra escolares no la puedo arreglar la boca y calla calla que necesita gafas a ver lo hago ,