Un giro jurisprudencial permite a quienes cobran una incapacidad permanente total compatibilizarla con el subsidio para mayores de 52 años si cumplen el resto de condiciones. La clave está en computar toda la vida laboral y mantener la inscripción como demandante de empleo.
El Tribunal Supremo fija doctrina en 2025 y despeja años de dudas. Desde ahora, para comprobar la carencia exigida se suman cotizaciones anteriores y posteriores al reconocimiento de la IPT, siempre que se cumplan los demás requisitos del SEPE.
Qué ha cambiado con el Supremo y por qué afecta a la incapacidad permanente total
El alto tribunal, en sentencias de Pleno de 29 de septiembre de 2025, establece que pueden acceder al subsidio los pensionistas de IPT que reúnan las condiciones legales. ¿La novedad decisiva? Se computa toda la vida laboral, no solo lo cotizado tras la incapacidad.
Esto corrige las denegaciones basadas en no alcanzar 15 años con cotizaciones posteriores. Además, la reforma del nivel asistencial vigente desde el 1 de noviembre de 2024 clarificó requisitos y tramitación, según la guía oficial del SEPE.
Requisitos del subsidio para mayores de 52 años del SEPE en 2025
¿Quién puede pedirlo y por qué? Quien tenga 52 años o más en el hecho causante, esté desempleado e inscrito como demandante de empleo y mantenga esa inscripción. También debe haber agotado la prestación contributiva a partir del 1 de noviembre de 2024 o acreditar una situación legal de desempleo desde esa fecha con al menos 90 días cotizados.
Se exige carencia de rentas por debajo del 75 por ciento del SMI y haber cotizado por desempleo en España al menos 6 años en toda la vida laboral. En cuanto a jubilación, se pide cumplir la carencia genérica de 15 años y la específica, computando todas las cotizaciones.
No se confunda con el paro contributivo. La doctrina se refiere a un subsidio asistencial y la compatibilidad del desempleo contributivo con la IPT sigue reglas distintas.
Compatibilidades, exclusiones y matices según el grado de incapacidad reconocido
Para la IPT, el subsidio es compatible si se respetan el límite de rentas, la inscripción y las demás condiciones. El cómputo de cotizaciones alcanza toda la vida laboral, lo que puede permitir superar la carencia de jubilación.
En la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez, la práctica dominante entiende que, por regla general, no se accede al subsidio de mayores de 52 años por la falta de disponibilidad para el empleo y los límites de renta. En caso de duda, conviene revisar cada expediente según la normativa del SEPE.
Antes de solicitar nada, conviene tener claras las cifras de 2025:
| Concepto | Dato 2025 | Fuente oficial |
|---|---|---|
| Límite de rentas (75% SMI) | 888 euros/mes | SEPE cuantías |
| Importe del subsidio | 480 euros/mes (80% IPREM) | SEPE cuantías |
| Base de cotización a jubilación | 125% de la base mínima | SEPE ficha |
Estas cuantías rigen para 2025 y condicionan tanto el acceso como el mantenimiento del derecho.
Cómo solicitar el subsidio paso a paso y no perder el derecho
Si te preguntas por el trámite, es más sencillo de lo que parece. Sigue esta hoja de ruta básica.
- Verifica requisitos y tu situación de desempleo. Comprueba la fecha del hecho causante y que cumples lo exigido en la ficha oficial del SEPE.
- Mantén la inscripción ininterrumpida como demandante de empleo. Revisa tu demanda en la oficina autonómica.
- Presenta la solicitud por sede electrónica del SEPE o con cita previa y recuerda la declaración anual de rentas.
- Controla la compatibilidad. Notifica cambios de rentas o de situación laboral para evitar suspensiones o extinciones.
El subsidio es indefinido hasta la edad ordinaria de jubilación si se mantienen los requisitos. De hecho, durante su percepción el SEPE cotiza a jubilación por el 125 por ciento de la base mínima, lo que puede mejorar la futura pensión. Ojo con conservar justificantes de rentas y revisar SMI e IPREM vigentes. Ante una denegación, comprueba que se hayan computado todas tus cotizaciones y valora recurrir.







