Una interrupción prolongada en su vida laboral impidió a esta trabajadora cumplir con la carencia específica, pese a haber cotizado más de dos décadas.
La historia de Elisenda, una trabajadora de 68 años, ha despertado gran interés entre quienes están a punto de jubilarse. A pesar de acreditar más de 21 años cotizados, la Seguridad Social le denegó la pensión de jubilación porque no reunía el requisito de la carencia específica: al menos dos años de cotización dentro de los últimos 15 previos a su solicitud. ¿Te imaginas quedarte sin pensión en la recta final de tu vida laboral?
Las razones por las que la Seguridad Social deniega la pensión de jubilación
El principal escollo para Elisenda surgió en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cuando, en octubre de 2022, solicitó su pensión. A pesar de haber acumulado más de 7.900 días de cotizaciones, los tribunales confirmaron que solo 651 de esos días se encontraban dentro de los últimos 15 años. La ley exige como mínimo 730 días (dos años) en ese período, de modo que no alcanzó lo que el artículo 205.1.b) de la Ley General de la Seguridad Social denomina “carencia específica”.
¿Por qué se produjo esta situación? El gran problema fue una interrupción prolongada entre 1994 y 2001. Durante ese tiempo, Elisenda no cotizó ni estuvo inscrita como demandante de empleo, lo que acabó repercutiendo en su cómputo final. Aunque esta trabajadora aportó cotizaciones ficticias por cuidado de hijos (270 días por cada menor), estas no fueron suficientes para cubrir los años mínimos exigidos en el tramo final de su carrera laboral.
La llamada doctrina del paréntesis y sus consecuencias en las cotizaciones de quienes buscan jubilarse
En un último intento por acceder a la pensión, Elisenda recurrió al Tribunal Supremo solicitando la aplicación de la “doctrina del paréntesis”. Esta figura jurídica, utilizada en casos muy concretos, permite descontar ciertos periodos de inactividad involuntaria para que no penalicen al trabajador en la fase de cómputo. Sin embargo, el Alto Tribunal determinó que no se daban las condiciones necesarias, pues ella había permanecido sin cotizar ni inscribirse en el paro durante más de siete años sin poder justificar que se tratara de desempleo forzoso.
Esta decisión confirma la importancia de no descuidar la inscripción como demandante de empleo o la cotización efectiva en los últimos años de vida laboral, sobre todo cuando se desea acceder a la pensión contributiva. De lo contrario, el derecho a la prestación puede verse truncado, incluso si se supera el mínimo global de años cotizados.
Presentar la solicitud de jubilación y documentos obligatorios para acreditar las cotizaciones
Cuando se inicia el trámite para la pensión contributiva de jubilación, conviene seguir un procedimiento claro y reunir toda la documentación pertinente. A continuación, se detallan los puntos básicos:
- Revisar vida laboral: Comprobar el historial de cotizaciones, asegurando que se cumplen los años exigidos.
- Inscripción en el INSS: Acudir a una oficina de la Seguridad Social o utilizar la sede electrónica para iniciar la solicitud.
- Aportar justificantes: Incluir documentación que acredite periodos de empleo, desempleo o cualquier circunstancia asimilada.
- Solicitar citas previas: Tanto para la Seguridad Social como para los posibles recursos ante denegaciones, se debe pedir cita antes de acudir al organismo correspondiente.
Para mayor claridad, se muestra una tabla con los requisitos clave:
Requisito | Detalle |
---|---|
Años de cotización totales | Mínimo de 15 para acceder a la jubilación contributiva |
Carencia específica (últimos 15 años) | Al menos 2 años cotizados dentro del periodo previo a la solicitud |
Situación de alta o asimilada al alta | Se debe estar trabajando o figurando como demandante de empleo |
Documentación adicional (cuidado de hijos, etc.) | Cotizaciones ficticias que se añaden según la normativa vigente |
Este caso demuestra la relevancia de no dejar vacíos prolongados sin cotizar en la parte final de la vida laboral. De lo contrario, aunque existan largos periodos de aportaciones previas, se puede perder el acceso a la prestación.