Una trabajadora gana a Mercadona en los tribunales y recibirá 30.000 euros por daños morales

El Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara ha estimado las pretensiones de una trabajadora de Mercadona y condena a la empresa a abonarle 30.000 euros por vulnerar su derecho a la tutela judicial efectiva, al apreciarse daños morales.

La afectada, Sandra (nombre ficticio), lleva en la compañía desde septiembre de 2001. Inició su trayectoria como Gerente A en Azuqueca de Henares y en octubre de 2006 ascendió a Gerente B.

Indemnización de 30.000 euros a trabajadora de Mercadona por daños morales y tutela judicial efectiva

Durante la relación laboral, la empleada tuvo que acudir hasta en cinco ocasiones a los tribunales, principalmente por el horario. Los acuerdos alcanzados fijaron un turno de mañanas y un salario de 1.510 euros mensuales para facilitar el cuidado de sus hijos menores.

El 13 de diciembre de 2024, la empresa le remitió un burofax informando de que, a partir del 1 de enero de 2025, pasaría de nuevo a la categoría de Gerente A «con la correspondiente adecuación de salario». En ese mismo escrito se recogía: «Su horario actual es totalmente incompatible con la realización de funciones de Gerencia B». Representada por el abogado Pedro Álvarez del Río, del despacho Lexway Abogados, la trabajadora volvió a demandar.

El Juzgado de lo Social nº1 de Guadalajara aprecia contradicciones y analiza el horario fijado en 2017

El asunto se ventiló ante el Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, bajo la magistratura de Jesús Rodríguez Hernández. En su sentencia 307/2025, el juzgado da la razón a la empleada frente a Mercadona.

La resolución subraya una contradicción: aunque ahora la empresa alegó incompatibilidad con el puesto, esa objeción no apareció en los procedimientos previos. Recuerda que el horario se fijó en 2017 y deriva del derecho de reducción y concreción de jornada por cuidado de hijos, conectado con el derecho a no ser discriminada. La defensa añadió que ninguna persona con puesto de Gerente B tenía reducción de jornada, lo que, en la práctica, condicionaba la promoción al no ejercicio de ese derecho.

El fallo judicial 307/2025 anula la rebaja de categoría y rechaza la bajada salarial del 30%

El juzgado considera significativo que la empresa forzara de manera recurrente a la trabajadora a litigar para ver reconocidos sus derechos. También recuerda que «La encomienda unilateral de funciones de inferior categoría no puede acarrear una bajada de salario». Frente a ello, Mercadona había planteado una reducción del 30%, contraria a la ley y al convenio.

Por todo ello, se declara nula la decisión de rebajar su categoría a Gerente A y se condena a Mercadona a indemnizar con 30.000 euros por los daños morales derivados de la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.

Impacto de la sentencia para trabajadores con reducción de jornada y defensa de derechos laborales

Para la defensa, «Se trata de una actuación frecuente». También apuntó que «También es cierto que cada vez cuesta más trabajo identificarlo, porque las empresas afinan más su estrategia. Antes, las empresas tenían menos pudor a la hora de represaliar al trabajador.

No hilaban tan fino. Ahora, se cuidan mucho de evitar sentencias como esta». El letrado confía en que decisiones como esta animen a otros trabajadores «a sacudirse el temor de actuar en la defensa de sus intereses, siempre con el debido asesoramiento previo y no reclamando cosas irreales».

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