Ahora sí es oficial: publicada en el BOE la subida del salario mínimo a 1.221 euros al mes con efecto retroactivo desde el 1 de enero

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 19 de febrero de 2026 a las 18:19
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Boletin oficial del estado febrero 2026 publicacion subida salario minimo 1221 euros

El Real Decreto 126/2026 publicado en el BOE fija el nuevo salario mínimo interprofesional de 2026 en 1.221 euros mensuales en 14 pagas. Aunque entra en vigor el 20 de febrero, la subida se aplica con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 126/2026 por el que se establece el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026. La cuantía queda fijada en 1.221 euros al mes en 14 pagas (12 ordinarias y 2 extras), con un salario diario de 40,70 euros, y con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.

BOE confirma el nuevo SMI 2026: 1.221 euros al mes en 14 pagas

Con esta publicación, se oficializa el nuevo mínimo salarial para 2026. Y aquí viene lo importante para el día a día: no solo cuenta el dato mensual, también el cómputo anual y cómo se pagan las extras (prorrateadas o no). ¿Estás cobrando en 12 pagas o en 14? Ojo, porque puede cambiar el cálculo. Para tenerlo claro de un vistazo, estas son las cuantías que recoge el real decreto para distintos supuestos:

ConceptoCuantía SMI 2026
Mensual en 14 pagas1.221 euros
Salario diario40,70 euros
Anual (cómputo total)17.094 euros
Mensual si extras prorrateadas (12 pagas)1.424,50 euros
Contratos de hasta 120 días (por jornada legal)57,82 euros
Empleo de hogar por horas en régimen externo9,55 euros/hora

Con estas referencias, lo recomendable es revisar tu nómina y comprobar si la empresa aplica el mínimo correcto según tu jornada y la forma de cobro de las pagas extra.

Cuándo se cobra la subida del salario mínimo 2026 y los atrasos

El real decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Al haberse publicado el 19 de febrero, entra en vigor el 20 de febrero. Ahora bien, la clave es que la subida tiene efectos desde el 1 de enero de 2026. En la práctica, esto significa que la empresa debe aplicar el nuevo SMI en la nómina de febrero y, además, pagar los atrasos correspondientes a enero, aunque cuando se abonó esa nómina todavía no estuviera aprobado el nuevo salario mínimo.

¿Y si no te lo pagan? Puedes reclamar tanto la actualización del salario como los atrasos. Para orientarte, estos son pasos habituales cuando faltan cantidades por abonar:

  • Revisar tu nómina y comprobar el salario anual y el sistema de pagas (12 o 14).
  • Solicitar a la empresa la regularización del SMI y el abono de atrasos.
  • Reclamar si no actualizan el salario mínimo o no pagan la diferencia.

Dicho de forma sencilla: si te corresponde, te lo tienen que ajustar y punto.

Qué pasa si tu nómina ya está por encima del SMI anual

La subida del SMI no implica que todos los salarios tengan que subir automáticamente. Si tu salario, en cómputo anual, ya es superior al nuevo SMI, se mantienen las condiciones vigentes, aplicándose las reglas de compensación y absorción previstas en el Estatuto de los Trabajadores.

En consecuencia, solo deberán incrementarse aquellos sueldos que, sumando todos los conceptos, no alcancen el mínimo anual de 2026, fijado en 17.094 euros al año.

En el caso de trabajar a tiempo parcial, se aplica la parte proporcional. Por ejemplo, con una jornada de 30 horas semanales (equivalente al 75% de jornada), no se puede cobrar menos de 12.820,50 euros al año.

Importes especiales del SMI 2026 para contratos cortos y empleadas del hogar

El Real Decreto 126/2026 también establece cuantías específicas para determinados supuestos. En los contratos de duración determinada que no superen 120 días en la misma empresa, la persona trabajadora debe percibir, junto al salario mínimo, la parte proporcional de domingos, festivos y pagas extraordinarias. En estos casos, el salario no puede ser inferior a 57,82 euros por jornada legal.

Para las empleadas y empleados de hogar que trabajen por horas en régimen externo, el salario mínimo queda fijado en 9,55 euros por hora efectivamente trabajada, incluyendo todos los conceptos retributivos.

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Israel Garcia

Redactor de noticias con más de 10 años de experiencia en distintos medios, especializado en sentencias laborales, contenidos virales y de interés humano, así como en prestaciones del Estado (pensiones, ayudas y subsidios). Me dedico a investigar y explicar la actualidad con un enfoque claro y cercano, para que la información que recibes sea útil, comprensible y siempre al día.

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