La sala de lo contencioso del alto tribunal ha estimado un recurso contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y deja claro que este complemento, vigente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, puede ser compatible para padre y madre. De ahí que el fallo tenga especial importancia para muchos jubilados, especialmente para quienes pueden reclamar el plus por hijo en la pensión y aclarar así su situación.
Qué cambia para los hombres jubilados con el complemento de maternidad en su pensión
La clave de estas sentencias está en cómo estaba configurado legalmente el complemento por aportación demográfica. El Supremo recuerda que se trataba de un complemento individual. Por tanto, al incluir a los hombres dentro del colectivo con derecho a percibirlo por aplicación del principio de igualdad y no discriminación, estos pasan a poder cobrarlo en las mismas condiciones que las mujeres.
¿Dónde está la novedad? En que el tribunal admite el disfrute simultáneo por ambos progenitores si reúnen los requisitos exigidos. Es decir, no tendría que excluirse al padre por el hecho de que la madre ya lo estuviera cobrando. Y ojo, porque esto evita que una persona pierda el derecho solo por haber sido la otra quien lo obtuvo primero.
Por qué el Tribunal Supremo permite el cobro simultáneo a ambos progenitores
El Supremo subraya que este criterio coincide con el que ya venía manteniendo la sala de lo social respecto al régimen de la Seguridad Social. Además, recuerda que en 2019 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró discriminatorio que la norma nacional reconociera este complemento solo a mujeres con al menos dos hijos y dejara fuera a hombres en una situación comparable.
Para entender mejor el cambio, esta es la diferencia entre ambos complementos:
| Complemento | Cómo estaba configurado |
|---|---|
| Complemento por aportación demográfica | Complemento individual |
| Complemento por brecha de género | Complemento único por cada hijo o hija para ambos progenitores |
Por tanto, la sentencia insiste en que, si el complemento inicial era individual, la incorporación de los hombres al derecho a percibirlo no puede hacerse en peores condiciones. Así de claro.
Qué consecuencias tendría negar este complemento a uno de los progenitores
El tribunal advierte de que declarar incompatible el disfrute dual provocaría problemas que la ley no contempla. Entre ellos, se podrían dar estas situaciones:
- que el complemento lo siguiera cobrando solo la madre
- que lo percibiera únicamente quien lo hubiera obtenido primero
- que hubiera que aplicar criterios de preferencia o reparto no previstos legalmente
Esto, además, podría afectar a mujeres que ya tenían reconocido el complemento de maternidad, ya que podrían ver reducido o comprometido su cobro si el otro progenitor pasara a solicitarlo sin una regulación clara. En consecuencia, el Supremo opta por reconocer el derecho de ambos cuando proceda y evitar interpretaciones que limiten ese acceso.
El criterio del Supremo refuerza el principio de igualdad en el acceso a prestaciones y abre la puerta a nuevas reclamaciones en el sistema de pensiones. También encontrarás más información en nuestra sección de prestaciones, donde te explicamos otras ayudas, requisitos y gestiones relacionadas con la protección económica.







