La Seguridad Social consolidará en 2027 el último tramo de la reforma que afecta al cálculo de la pensión de jubilación ordinaria. Desde ese año, los trabajadores deberán contar con un mínimo de 37 años cotizados para acceder al 100% de la base reguladora, según lo previsto en la Ley General de la Seguridad Social tras los cambios introducidos por la Ley 27/2011.
¿Y qué pasa con quienes no lleguen a esa cifra? No todo está perdido. El sistema mantiene el mínimo estructural de 15 años cotizados, que da derecho a cobrar el 50% de la prestación.
Cómo se calculará la pensión de jubilación ordinaria desde el año 2027
El 100% de la pensión equivale a la base reguladora, que se calcula teniendo en cuenta las bases de cotización del trabajador durante sus últimos años en activo. En 2027, la Seguridad Social aplicará automáticamente la opción más beneficiosa para cada ciudadano dentro del nuevo sistema dual.
Este sistema permite comparar dos fórmulas: el método tradicional, basado en los últimos 25 años, y el nuevo modelo, que tendrá en cuenta los últimos 29 años, descartando de oficio los dos peores años de cotización. Para quienes se jubilen en 2027, la base de cálculo computará los últimos 25 años y 4 meses.
Dicho de forma sencilla: la Seguridad Social revisará cuál de las dos opciones favorece más al trabajador. Y eso, para muchos futuros pensionistas, puede marcar la diferencia.
Qué porcentaje de pensión corresponde según los años cotizados desde 2027
A partir de 2027, el porcentaje de la pensión ya no crecerá de forma anual lineal entre los 15 y los 37 años cotizados. En su lugar, se aplicarán coeficientes fijos por cada mes adicional trabajado.
Primero se reconocerá el 50% de la base reguladora con 15 años cotizados. Después, el porcentaje aumentará de esta forma:
- Un 0,21% mensual durante los primeros 49 meses adicionales.
- Un 0,19% mensual durante los meses restantes.
- El 100% se alcanzará al acreditar 37 años cotizados.
La siguiente tabla resume los principales tramos que deberán tenerse en cuenta:
| Cotización acreditada | Porcentaje aplicable sobre la base reguladora |
|---|---|
| 15 años cotizados | 50% |
| Primeros 49 meses adicionales | +0,21% por mes |
| Meses restantes hasta 37 años | +0,19% por mes |
| 37 años cotizados | 100% |
| Más de 37 años cotizados | 100% como tope máximo |
Por tanto, superar los 15 años permitirá mejorar la cuantía, pero no será hasta los 37 años cuando se alcance la pensión completa.
Qué ocurre si se cotiza más de 37 años antes de jubilarse
La Seguridad Social fija el 100% como límite máximo para el cálculo de la jubilación ordinaria. Esto quiere decir que cotizar más de 37 años no aumentará el porcentaje de la base reguladora en esa escala contributiva.
No obstante, una carrera laboral más larga puede seguir teniendo importancia. En caso de optar por la jubilación demorada, es decir, retrasar voluntariamente el retiro más allá de la edad legal ordinaria, el trabajador podrá acceder a incentivos económicos.
Entre ellos se incluye un incremento del 4% adicional por cada año completo extra trabajado, un pago único a tanto alzado o una combinación mixta de ambas fórmulas. Así que, aunque el 100% tenga techo, alargar la vida laboral puede tener recompensa.







