Más vacaciones para los funcionarios: tienen derecho a hasta cuatro días extra en función de su antigüedad según la ley

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 18 de junio de 2026 a las 21:30
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Funcionarios trabajando en una oficina pública con derecho a hasta cuatro días extra de vacaciones por antigüedad
Los empleados públicos pueden sumar días adicionales de descanso en función del tiempo trabajado, aunque no se aplican de forma automática. Cada administración debe aprobarlo en sus propias normas internas.

Los funcionarios españoles pueden contar con hasta cuatro días más de vacaciones al año según su antigüedad. Así lo recoge el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), en su disposición adicional decimocuarta, donde se regulan los días adicionales de vacaciones por antigüedad.

Quién puede disfrutar de los días adicionales de vacaciones por antigüedad

La medida afecta a los funcionarios públicos, aunque su aplicación depende de cada administración. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, permite que las administraciones reconozcan este derecho en sus normas internas.

El texto establece que “cada administración pública podrá establecer hasta un máximo de cuatro días adicionales de vacaciones en función del tiempo de servicios prestados por los funcionarios públicos”.

¿Esto significa que todos los funcionarios los van a disfrutar sí o sí? No exactamente. La clave está en que la norma permite aplicarlo, pero no lo impone de forma automática. Ojo con este detalle, porque es el punto que puede marcar la diferencia.

En la Comunitat Valenciana, esta posibilidad afecta a los más de 291.000 empleados públicos que forman parte de todas las administraciones.

AspectoQué establece la información
Días adicionalesHasta cuatro días extra de vacaciones al año
MotivoAntigüedad y tiempo de servicios prestados
NormaTREBEP y Real Decreto Legislativo 5/2015
AplicaciónDepende de cada administración pública

Por tanto, aunque el marco legal existe, cada administración debe acordar y aprobar estos días para que sus empleados puedan disfrutarlos.

Por qué los días extra no se aplican automáticamente a todos los funcionarios

La norma engloba a los funcionarios de la Administración General del Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales, los organismos públicos y las universidades públicas.

Esto quiere decir que cada administración tiene margen para decidir si aplica o no estos días adicionales de vacaciones. De ahí que dos funcionarios con una antigüedad similar puedan encontrarse con situaciones distintas según el organismo en el que trabajen.

En la práctica, hay tres ideas importantes que conviene tener claras:

  • Los días extra pueden llegar hasta un máximo de cuatro al año.
  • Se conceden en función de los años de servicios prestados.
  • Deben estar reconocidos por cada administración en sus normas internas.

Así, la antigüedad es el requisito que permite acceder a esta mejora, pero el reconocimiento final depende de la regulación de cada administración pública.

La jornada de 35 horas solo afecta a funcionarios de la AGE

La información sobre los días adicionales de vacaciones debe diferenciarse de otras medidas que no afectan a todos los empleados públicos. Es el caso de la reducción de la jornada laboral a 35 horas semanales.

Esta nueva norma solo se aplica a los trabajadores de la Administración General del Estado. Con ella, la jornada pasa de 37,5 horas semanales a 35 horas, con un cómputo anual de 1.533 horas de trabajo efectivo.

La medida ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado y afecta a 220.000 trabajadores en toda España, de los que 13.500 se encuentran en la Comunitat Valenciana.

El acuerdo fue firmado en marzo entre el Gobierno de España y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF. Según la información aportada, el objetivo es mejorar la conciliación laboral y familiar de los trabajadores.

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Israel Garcia

Israel García Ramírez es redactor especializado en ayudas, pensiones y Seguridad Social. En Infoemplea2 cubre contenidos sobre SEPE, paro, subsidios, Ingreso Mínimo Vital, jubilación, pensiones, incapacidad permanente y requisitos para acceder a prestaciones públicas.

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