La subvención cubre como máximo el 20% del precio y se reparte entre los compradores. Su solicitud depende de las convocatorias autonómicas.
Los jóvenes que compren una casa en un municipio pequeño pueden acceder a una ayuda de hasta 15.000 euros por vivienda. La regula el Real Decreto 326/2026, publicado en el BOE el 23 de abril, dentro del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. Incluye a quienes tienen 35 años y determinadas compras realizadas desde el 1 de enero de 2026. Su tramitación depende de las convocatorias autonómicas. Galicia, por ejemplo, tiene una abierta hasta noviembre.
Los 15.000 euros son por vivienda y no se duplican al comprar en pareja
La cifra no es una cantidad fija para todos los solicitantes. La subvención está limitada al 20% del precio de adquisición o del coste de construcción. Una casa de 50.000 euros permitiría recibir hasta 10.000 euros; una de 60.000, hasta 12.000; y una de 75.000, hasta 15.000. Son cálculos del máximo teórico, no una concesión garantizada. Comprar un inmueble más caro no permite superar el techo de 15.000 euros, aunque se cumplan los demás requisitos.
Ese máximo corresponde a la vivienda completa, no a cada comprador. El artículo 143 permite hasta dos adquirentes y distribuye la subvención según sus porcentajes de propiedad. Así, dos jóvenes que compren al 50% y puedan acceder al máximo recibirían 7.500 euros cada uno, nunca 15.000 por persona. Es una ayuda para adquirir o construir la propia vivienda, distinta de las mensualidades del Bono Alquiler Joven.
Tener 35 años no excluye de la ayuda y algunas compras anteriores también cuentan
El BOE incluye expresamente a quienes tienen 35 años. La edad se comprueba al solicitar la ayuda o al firmar el contrato cuando la compra sea anterior a la convocatoria. Esa operación debe haberse realizado desde el 1 de enero de 2026. Por tanto, cumplir 36 años posteriormente no descarta por sí solo una adquisición firmada previamente con la edad admitida. En la autopromoción, la referencia para comprobar este requisito es el momento de la solicitud.
El límite estatal general de ingresos es de cinco veces el IPREM, el indicador utilizado para calcular el umbral de renta. Sube a 5,5 veces con una discapacidad reconocida de al menos el 33%, y a seis veces cuando alcanza el 65%. Tampoco se permite ser propietario o usufructuario de otra vivienda en España, salvo las excepciones previstas. Entre ellas figuran determinadas participaciones heredadas o la falta de disponibilidad por separación o divorcio.
No basta con comprar barato y la casa debe ser la residencia habitual
La vivienda debe situarse, como regla general, en un municipio o núcleo de población de 10.000 habitantes o menos. La ampliación hasta 20.000 exige el acuerdo motivado previsto en la norma: no beneficia automáticamente a todas las localidades de ese tamaño. Además, el inmueble debe convertirse en residencia habitual y permanente durante un mínimo de cinco años. Existen excepciones por cambios laborales o venta con reinversión en otra vivienda habitual adaptada a nuevas circunstancias familiares. No se financian segundas residencias para vacaciones.
El precio máximo tampoco es único. El anexo IV fija 325.000 euros en Madrid, 300.000 en Cataluña, 275.000 en Aragón y Baleares, 225.000 en Andalucía y 200.000 en Extremadura. Cumplir ese límite económico no sustituye el requisito de población: una vivienda barata puede quedar fuera por su ubicación. Quienes compren un inmueble que necesite obras deberán diferenciar esta subvención de las ayudas para reformar viviendas, sujetas a otros programas y condiciones.
Cómo pedir la ayuda y qué convocatoria está abierta en Galicia
Las solicitudes deben seguir la convocatoria autonómica, que establece formularios, documentación y plazos. No existe una fecha única de apertura para toda España. La normativa estatal concede seis meses desde la notificación de la concesión para aportar la escritura o el contrato privado de compraventa. Ese plazo no es el periodo para solicitarla, sino para acreditar la adquisición después de una resolución favorable. Las condiciones generales figuran en el Real Decreto 326/2026.
En Galicia, la convocatoria VI501B está abierta desde el 27 de agosto hasta el 16 de noviembre de 2026, a las 14.00 horas. Puede terminar antes si se agota el presupuesto y se tramita electrónicamente mediante la sede de la Xunta. Su límite general de ingresos es de 4,5 veces el IPREM para la unidad de convivencia, inferior al estatal. Sube a cinco veces con discapacidad reconocida de al menos el 33%, y a 5,5 veces cuando alcanza el 65%. Cada solicitante debe comprobar las condiciones de su territorio, sin trasladar automáticamente los requisitos gallegos al resto de España.