El tribunal cuestionó la prueba del incidente, la formación preventiva aportada por la empresa y la falta de un protocolo claro. La resolución todavía puede recurrirse.
La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Albacete ha declarado improcedente el despido de una trabajadora de Mercadona. La empleada fue cesada tras un incidente con una trituradora de cartón en un supermercado de la Carretera de Jaén. La sentencia, dictada en enero de 2026, obliga a la compañía a elegir entre readmitirla o pagarle una indemnización de 13.813,96 euros. La resolución todavía puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
El tribunal no vio probado que la trabajadora incumpliera un protocolo conocido
El episodio que terminó en despido ocurrió en abril de 2025. Mercadona sostuvo que la empleada se había subido a una escalera para solucionar un atasco de cartón. Para la empresa, esa actuación incumplía las normas de prevención de riesgos y suponía un peligro para la propia trabajadora. Ella negó que los hechos hubieran sucedido exactamente en esos términos. También aseguró que no había recibido instrucciones concretas para actuar ante un bloqueo de la trituradora.
Al analizar la documentación, el tribunal no encontró un procedimiento específico que explicara cómo debía solucionarse ese tipo de atasco. Tampoco consideró suficientemente acreditados los hechos en los términos recogidos por la empresa. Este aspecto resulta esencial porque la legislación laboral exige acreditar el incumplimiento alegado para considerar procedente un despido disciplinario. Quien quiera conocer las consecuencias económicas puede consultar cómo se calcula la indemnización por despido improcedente.
Mercadona aportó un certificado de formación anterior a la contratación
La documentación preventiva también tuvo peso en la decisión judicial. Mercadona presentó un certificado para acreditar la formación de la trabajadora, pero aparecía fechado en mayo de 2018. La empleada comenzó a prestar servicios para la cadena en octubre de 2019, más de un año después. Además, no constaba el contenido concreto de aquella formación para comprobar si abordaba los atascos de la trituradora.
A ello se añadieron las distintas explicaciones ofrecidas durante el juicio sobre la forma correcta de actuar cuando la máquina se bloqueaba. Los testimonios no permitieron acreditar un protocolo único, preciso y conocido por la empleada. El tribunal terminó calificando el despido como “sorpresivo y absolutamente desproporcionado”, al considerar insuficientemente probado un incumplimiento que justificara la sanción laboral más grave.
Mercadona tiene dos alternativas tras declararse improcedente el despido
La sentencia fija dos posibles consecuencias. Mercadona puede reincorporar a la trabajadora en las condiciones anteriores al despido o extinguir definitivamente la relación laboral abonando 13.813,96 euros. Si opta por la readmisión, la resolución establece salarios dejados de percibir a razón de 74,97 euros diarios. Esa cuantía equivale a 2.249,10 euros por cada 30 días, aunque el importe final dependerá del periodo que legalmente deba computarse.
El artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores establece que la empresa dispone de cinco días desde la notificación de la sentencia para escoger entre readmisión e indemnización. La misma norma señala que, si el empresario no ejercita la opción, se entiende que procede la readmisión. Además, cuando se elige reincorporar al trabajador, existen salarios de tramitación en los términos establecidos legalmente.
La sentencia todavía puede ser recurrida ante el TSJ de Castilla-La Mancha
La declaración de improcedencia no debe confundirse con una resolución definitivamente firme. La sentencia fue dictada en enero de 2026 y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Por tanto, el pronunciamiento conocido establece actualmente esas consecuencias, pero todavía existe una vía de recurso.
El caso tampoco significa que cualquier infracción relacionada con prevención de riesgos termine necesariamente en un despido improcedente. El tribunal analizó las circunstancias concretas, la prueba presentada, la formación de la empleada y la existencia del supuesto protocolo. La decisión se refiere a esta trabajadora y a estos hechos. Existen otros asuntos donde los tribunales también han examinado la proporcionalidad de la sanción, como este caso de despido en Mercadona.