Cobrar el paro mientras buscas trabajo en otro país de la UE tendrá nuevas reglas

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Fecha de publicación: 5 de noviembre de 2026
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Ursula von der Leyen interviene ante un atril junto a las banderas de la Unión Europea.

La reforma del paro en otro país ya está publicada. La ampliación empezará el 2 de noviembre de 2028 y tendrá condiciones.

La Unión Europea ha aprobado ampliar a seis meses el periodo para buscar empleo cobrando el paro en otro país. El Reglamento 2026/2359 se publicó el 27 de octubre y entró en vigor el 1 de noviembre de 2026. Sin embargo, esta mejora se aplicará desde el 2 de noviembre de 2028. La diferencia entre ambas fechas afecta a quienes preparan una salida ahora y también a quienes han cotizado en varios Estados.

El paro en otro país pasará de tres meses iniciales a seis

El reglamento publicado en el DOUE modifica la coordinación europea de la Seguridad Social. La nueva duración será de seis meses, con posibilidad de ampliarla hasta agotar el derecho pendiente. Nunca permitirá cobrar durante más tiempo del que corresponda a la prestación reconocida. La ampliación se refiere a desplazamientos para buscar trabajo, sujetos a las condiciones previstas. Las reglas sobre viajar cobrando el paro ayudan a distinguir esta situación de una salida por otros motivos.

Actualmente, el SEPE informa de una exportación inicial de tres meses, prorrogable por otros tres. Por tanto, la reforma cambia el periodo inicial y permite extenderlo más allá cuando exista derecho pendiente y se autorice. Un ejemplo hipotético permite ver el límite: disponer de cuatro meses de prestación no dará derecho a cobrar seis. Tampoco supone duplicar la cuantía mensual. El cambio afecta al tiempo durante el cual puede mantenerse la prestación mientras se busca empleo fuera, dentro del marco europeo aplicable.

Qué país reconocerá el paro tras cotizar en varios Estados

El análisis laboral de Grant Thornton destaca otra modificación relacionada con las cotizaciones acumuladas en distintos países. Como regla general, el último Estado exigirá un periodo ininterrumpido de al menos un mes antes de sumar los periodos extranjeros. La norma contempla soluciones para los casos que no alcancen ese mínimo. Esa condición regula cómo se coordinan las cotizaciones; no sustituye los requisitos nacionales para acceder al desempleo. Haber trabajado un mes, por sí solo, no genera automáticamente una prestación contributiva.

También cambia el reparto de responsabilidades cuando la persona reside en un Estado diferente de aquel donde trabaja. En desempleo total, haber completado al menos veintidós semanas continuadas en el último Estado de actividad determinará, generalmente, que este pague. Por debajo de ese periodo, la regla remite al Estado de residencia, con excepciones. No basta con elegir dónde presentar los papeles para escoger el sistema más favorable. Esta reforma obliga a distinguir residencia, último empleo y cotizaciones, tres datos que pueden corresponder a lugares diferentes.

Qué trámites siguen siendo necesarios para salir ahora desde España

La información vigente del SEPE exige, como regla general, llevar al menos cuatro semanas inscrito como demandante de empleo en España. Hay que solicitar autorización para desplazarse y el documento portátil U2 en la oficina correspondiente. El destino debe estar dentro del ámbito indicado por el organismo: Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza. La nacionalidad y la autorización para trabajar pueden introducir condiciones adicionales. Preparar los documentos del SEPE permite separar la acreditación del derecho de los trámites específicos del desplazamiento.

La guía oficial Your Europe explica que la inscripción en el servicio de empleo de destino debe realizarse dentro de siete días. El plazo se cuenta desde que se deja de estar disponible para el servicio de empleo del país de salida. Hay que presentar el U2 y someterse a los controles de búsqueda de trabajo del destino. El pago continúa desde el país que reconoce la prestación. La autorización corresponde a un país concreto; trasladarse después a otro exige tramitar nuevamente la exportación.

Qué cambios se aplicarán en noviembre de 2028

El calendario del reglamento separa determinadas disposiciones aplicables desde noviembre de 2026 de las principales modificaciones previstas para noviembre de 2028. Grant Thornton sitúa en esa segunda fase los cambios centrales sobre desempleo y desplazamientos profesionales. Para quienes tuvieron a Luxemburgo como último Estado competente, algunas reglas anteriores continúan hasta el 2 de noviembre de 2031. Ese periodo podrá prolongarse hasta el 2 de noviembre de 2033, sin retrasar la ampliación general a seis meses. Para una salida inmediata, la duración autorizada debe comprobarse en la resolución y en las instrucciones del organismo competente.

Your Europe aconseja solicitar cualquier prórroga antes de que termine el periodo inicial autorizado. El organismo puede pedir pruebas de búsqueda de empleo o valorar las posibilidades reales de encontrar trabajo. Para conservar los derechos pendientes, también resulta relevante regresar dentro del plazo que corresponda. Así, una búsqueda internacional requiere coordinar la autorización de salida, la inscripción en destino y la eventual solicitud de ampliación. Son gestiones diferentes, aunque formen parte del mismo desplazamiento. Sigue nuestra sección de Prestaciones para conocer nuevas condiciones y trámites del desempleo.

Antonio David Cruz Colmenero

Antonio David Cruz Colmenero

Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y con el Máster de Profesorado de Secundaria y Bachillerato. Actualmente, me dedico al periodismo digital, donde cuento con 4 años de experiencia en redacción de contenidos relacionados con empleo, prestaciones/ayudas y trámites de la Seguridad Social y el SEPE.