El Gobierno aprueba oficialmente una indemnización para víctimas del amianto con incapacidad permanente: estas son las cuantías y cómo solicitarla

Te has pasado media vida sorteando trámites, pero hay ocasiones en las que (aunque cueste admitirlo) merecen la pena. Tal vez conoces a alguien, o incluso seas tú, que pasó jornadas enteras rodeado de tuberías recubiertas de ese polvo gris que todo lo impregnaba. Hoy, al fin, llega una compensación concreta para quienes se jugaron los pulmones trabajando con amianto.

Desde este martes, 17 de junio de 2025, el Consejo de Ministros pone cifras y plazos a una indemnización largamente esperada. ¿La clave? Haber quedado con incapacidad permanente debido a esa exposición. Si es tu caso, toma nota: puede que la Seguridad Social te deba un buen pellizco… y esta vez sin “letra pequeña” que valga.

¿Quién puede pedir la nueva indemnización por amianto?

Para empezar, no vale con haber estado “un poco cerca” del mineral; hace falta un diagnóstico firme de enfermedad profesional y una resolución de incapacidad permanente (absoluta o total) ya reconocida. Eso sí, da igual si la sentencia fue administrativa o judicial: ambas valen. Además, el Real Decreto deja una puerta abierta a quienes todavía no han litigado, siempre que el certificado médico confirme la patología ligada al amianto.

En otras palabras, si un juez o el INSS ya te dijeron que tu enfermedad procede de haber trabajado con este material, estás dentro. Y si no, toca pasar primero por la Consejería de Salud de tu comunidad para conseguir el certificado diagnóstico antes de solicitar un euro.

¿Qué cantidades exactas pagará la Seguridad Social?

El Gobierno ha traducido los daños en números muy concretos: la referencia es la pensión media anual de incapacidad permanente absoluta por enfermedad profesional. Sobre esa base (32.207,08 €), se aplican multiplicadores según la gravedad.

A continuación tienes todas las cuantías en una sola mirada:

Enfermedad reconocidaMúltiplo aplicadoIndemnización única
Asbestosis1 ×32.207,08 €
Cáncer de laringe1,5 ×48.310,62 €
Cáncer de pulmón2 ×64.414,16 €
Mesotelioma3 ×96.621,24 €

Si sufres varias patologías, se cobra solo la de mayor importe; el “combo” no suma. El pago será de una sola vez, ingresado por el INSS en tu cuenta, tan pronto se dicte resolución favorable.

¿Cómo tramitar la ayuda paso a paso?

Primer aviso: la norma entra en vigor tres meses después de su publicación oficial, así que marca el calendario. Cuando llegue el día, el procedimiento será tan lineal como permite la burocracia patria:

  1. Pide el certificado médico de patología por amianto en la Consejería de Salud (o equivalente) de tu comunidad.
  2. Rellena el formulario electrónico que el INSS colgará en su Sede Electrónica.
  3. Adjunta copia de la resolución de incapacidad permanente y tu certificado diagnóstico.
  4. Registra la solicitud y guarda el justificante (sí, el pdf que nadie lee).
  5. Cuenta seis meses: si en ese plazo no recibes respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo (tocará reclamar).

Una vez presentada toda la documentación en regla, el INSS evaluará y (si corresponde) autorizará el ingreso sin que tengas que mover un dedo más.

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