Publicada en el BOE el 11 de septiembre de 2024, la norma implementa el Convenio 189 de la OIT. Incluye reconocimientos médicos gratuitos, evaluación de riesgos y el derecho a parar por “riesgo grave e inminente”.
Las empleadas del hogar han obtenido derechos significativos con el Real Decreto 893/2024, impulsado por el Ministerio de Trabajo bajo la dirección de Yolanda Díaz, que regula la protección de la seguridad y la salud en el servicio del hogar familiar.
Qué cambia con el Real Decreto 893/2024 para las empleadas del hogar
Se amplían de forma notable las garantías de un colectivo históricamente discriminado, integrado en más de un 90% por mujeres. ¿Qué supone en la práctica? Esto es lo esencial.
Derecho u obligación | Qué establece la norma |
---|---|
Reconocimientos médicos gratuitos | Acceso a reconocimientos médicos gratuitos. |
Evaluación de riesgos laborales | Obligación del empleador de realizar una evaluación de riesgos laborales. |
Interrumpir actividad y abandonar domicilio | Derecho a interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el domicilio ante “riesgo grave e inminente”. |
Por lo tanto, la prevención de riesgos y la salud laboral pasan al primer plano dentro del hogar familiar.
Nuevas obligaciones del empleador y evaluación de riesgos laborales obligatoria
El artículo 6 del decreto obliga al empleador a “informar lo antes posible” cuando la trabajadora esté o pueda estar expuesta a un “riesgo grave e inminente” con ocasión de su trabajo. Además, “en caso de peligro grave, inminente e inevitable”, la trabajadora puede “interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el domicilio”. ¿Y qué pasa si detecta un peligro?
- Informar “lo antes posible” ante riesgo grave e inminente.
- Derecho a interrumpir la actividad laboral.
- Posibilidad de abandonar de inmediato el domicilio en caso de peligro grave, inminente e inevitable.
En otras palabras: primero, la seguridad. Si hay peligro, se detiene el trabajo y se sale del domicilio sin demora.
Acceso a la prestación por desempleo y situación en los tribunales
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció el martes que ya son “13.000 mujeres” en España las que han obtenido la prestación pública por desempleo. Lo dijo al responder a la senadora de EH Bildu, Idurre Bideguren, que señaló en la Cámara Alta que las trabajadoras del hogar “deben acudir a los tribunales para que se les reconozca su derecho a recibir la prestación por desempleo por todo el tiempo trabajado”.
No obstante, Díaz precisó que se han dictado “exactamente siete” sentencias sobre este asunto, algunas del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi y otras de Galicia y Madrid. Para Díaz, “es una cuestión de interpretación de la norma”. ¿Habrá más medidas? En su respuesta, se limitó a esa aclaración.
La nueva normativa eleva la protección laboral de las empleadas del hogar y aclara las obligaciones del empleador dentro del domicilio familiar.