El pasado mes de febrero, el Consejo de Ministros, aprobó la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en un 4,4%, fijándose en 1.183 euros en 2025, frente a los 1.133 euros del 2024. Este incremento, impulsado desde el Ministerio de Trabajo, se establece con carácter retroactivo desde el 1 de enero, beneficiando a más de 2 millones de trabajadores. De esta forma, una empleada del hogar, no puede percibir menos de 1.183 euros brutos al mes en 14 pagas. No obstante, si el salario se percibe en 12 pagas, la cuantía bruta mensual es de 1.381,33 euros a 40 horas semanales. Además, hay que recordar que desde el 1 de enero de 2024, los tipos de cotización al Régimen General ya afectan a las empleadas del hogar.
La nómina de una empleada del Hogar por horas y desglose de la cotización
Una empleada del hogar, es aquella persona que realiza las tareas domésticas, incluyendo tareas tan importantes como la limpieza, comida, higiene, plancha, lavandería y un largo etc. Su labor es imprescindible en la organización de una casa, ya que es la que se encarga, que todo es en orden y al día. Se trata de un colectivo altamente feminizado, que aunque se pueden encontrar trabajadores, la gran mayoría de estos puestos de trabajo son ocupados por mujeres. Las tablas salariales de las empleadas del hogar en 2025, están muy unidas al SMI, por lo que cada vez que este indicador suba, lo hará también las nóminas de las empleadas del hogar. Para una mejor visualización, vamos a desglosar el sueldo de una empleada doméstica en 2025:
- 1.184 euros en 14 pagas o 1.381,33 euros en 12 pagas.
- 39,47 euros al día.
- 8,63 € por hora.
- Trabajadoras que cobran por horas es de 9,26 €/hora.
El sueldo de una empleada del hogar a media jornada (20 horas) es de 690,67 euros b/mes, mientras que a 30 horas semanales la nómina es de 1.036 euros (aprox). En este contexto, hay que recordar que la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas ya es una realidad. El anteproyecto ley entrará en vigor cuando el Parlamento lo apruebe y se publique de manera oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Cotizaciones
Según la Orden PJC/281/2024, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, la cotización al Régimen General por contingencias comunes estará limitada para cada grupo de categorías profesionales por las bases mínimas:
Retribución mensual | Base de cotización |
---|---|
Hasta 306 euros | 284 euros |
Desde 306,01 hasta 474 euros | 405 euros |
Desde 474,01 hasta 644 euros | 559 euros |
Desde 644,01 hasta 814 euros | 729 euros |
Desde 814,01 hasta 986 euros | 901 euros |
Desde 986,01 hasta 1.153 euros | 1.069 euros |
Desde 1.153,01 hasta 1.323 euros | 1.323 euros. |
Desde 1.323,01 euros | Retribución mensual |
Dicha normativa añade: “A efectos de la determinación de la retribución mensual del empleado de hogar, el importe percibido mensualmente deberá ser incrementado, conforme a lo establecido en el artículo 147.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con la parte proporcional de las pagas extraordinarias que tenga derecho a percibir el empleado”.