La normativa exige evaluar y prevenir riesgos en los hogares con personal doméstico mediante la herramienta gratuita del INSST. En caso de accidente, el empleador podría quedar desprotegido si no acredita el cumplimiento.
A partir del 14 de noviembre de este mismo año, las personas empleadoras del servicio doméstico deberán disponer de un protocolo de prevención de riesgos laborales en su domicilio. La obligación se apoya en la Ley 31/1995 (Disposición Adicional 18ª) y en el Real Decreto 893/2024, y se cumple con una evaluación formal generada por la herramienta digital gratuita del INSST, disponible desde el 14 de mayo. ¿Y si ocurre un accidente? Sin acreditar los trámites, el empleador puede quedar desprotegido.
Qué cambia en el servicio doméstico y qué leyes lo amparan
Hasta ahora, la aplicación de la Ley 31/1995 a los hogares no estaba tácitamente contemplada. Con la Disposición Adicional 18ª y, sobre todo, con el Real Decreto 893/2024, se impone garantizar unas condiciones seguras a quienes trabajan en el domicilio: prevención frente a violencia y riesgos físicos de la actividad. En consecuencia, el hogar pasa a tener obligaciones preventivas claras, con un sistema documentado y verificable.
Cómo se genera el protocolo con la herramienta gratuita del INSST
El INSST ha habilitado una herramienta digital, sin coste, que elabora un documento de evaluación de riesgos adaptado a cada domicilio y funciones (limpieza, cocina, jardinería, cuidado de personas, manejo de productos químicos o conducción, entre otras). ¿Para qué sirve exactamente? Como quien dice, toca ponerse las pilas y seguir un plan ordenado:
- Identificar las fuentes de riesgo.
- Valorar la gravedad de cada riesgo.
- Asignar responsables de las medidas.
- Fijar plazos de corrección.
- Estimar costes de las actuaciones.
- Registrar la implantación de medidas.
- Generar un informe final de la evaluación.
Tras estos pasos, el empleador cuenta con un protocolo formal que debe aplicar en el domicilio, acorde a las tareas reales del empleo del hogar.
Plazos para cumplir esta obligación de riesgos laborales en el hogar
La fecha límite para realizar la evaluación, generar el documento y aplicar las medidas preventivas es el 14 de noviembre de 2025. La herramienta del INSST está disponible desde el 14 de mayo, por lo que el periodo de adaptación ya está abierto. Por tanto, lo prudente es anticiparse a la fecha de cumplimiento.
Qué hacer ante accidentes y cómo acreditar el cumplimiento obligatorio
Por ahora no existe un esquema de sanciones específico publicado para el incumplimiento. Sin embargo, en caso de accidente del empleado del hogar, el empleador puede quedar desprotegido si no demuestra que ha cumplido los trámites de prevención exigidos. De ahí que sea crucial conservar la evaluación, los registros de implantación y cualquier evidencia de medidas adoptadas. Además, muchos necesitarán asesoramiento profesional, porque cumplir en un ámbito tan personal como el domicilio privado exige rigor y documentación.







