El Estatuto de los Trabajadores fija cuándo hay reserva de puesto y qué pasa si no la hay. Quien solicite una excedencia debe tener claro qué ocurrirá al regresar. El Estatuto de los Trabajadores distingue varios supuestos: en la excedencia voluntaria no se garantiza el mismo puesto; en la forzosa sí; y en la de cuidado de familiares hay reserva con plazos concretos que pueden ampliarse.
Qué ocurre con la reserva del puesto según el tipo de excedencia y cómo afecta al regreso al trabajo
La excedencia voluntaria, a la que se puede acceder con una antigüedad mínima de un año, puede durar de cuatro meses a cinco años. Durante ese tiempo, la persona incluso puede trabajar en otra empresa. Ahora bien, no se asegura el mismo puesto al volver: solo existe un derecho preferente a reingresar cuando haya vacantes de igual o similar categoría.
Tal y como recoge el artículo 46.5, «El trabajador en excedencia voluntaria conserva solo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa». A continuación, un resumen práctico de los tipos de excedencia y la reserva del puesto:
Tipo de excedencia | ¿Reserva del puesto? | Duración de la reserva | Observaciones |
---|---|---|---|
Voluntaria (motivos personales como estudios u otro proyecto) | No | — | Solo derecho preferente al reingreso cuando haya vacantes de igual o similar categoría |
Forzosa (cargo público que impide asistir al trabajo) | Sí | Toda su vigencia | Conserva el puesto y computa la antigüedad durante la excedencia |
Cuidado de hijo, cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta 2.º grado | Sí | 1 año (15 meses si familia numerosa general; 18 meses si especial) | Si la excedencia supera ese periodo, la reserva pasa a un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente |
Por lo tanto, a partir de que finaliza la reserva en cada caso, la empresa no está obligada a guardar el puesto concreto.
Quién puede pedir la excedencia voluntaria y riesgos al volver a trabajar a su misma categoría
¿Quiénes pueden solicitarla? Trabajadores con al menos un año de antigüedad. Los motivos más habituales son el cuidado de un familiar, realizar estudios o emprender otro proyecto profesional. ¿Qué pasa entonces al volver? Si ya se cubrió el puesto y no hay vacantes equivalentes, la empresa no está obligada a reincorporar a la persona en su puesto.
En ese escenario se abre la opción de solicitar el paro, siempre que exista una comunicación expresa de la empresa indicando que no puede ofrecer un puesto tras la excedencia. De ahí que sea clave pedir por escrito el reingreso y conservar las respuestas. Sí, lo sabemos: suena a papeleo, pero evita disgustos.
Claves rápidas para no perderse al pedir o finalizar la excedencia:
- Antigüedad mínima: un año para la voluntaria.
- Duración voluntaria: de cuatro meses a cinco años.
- Durante la excedencia se puede trabajar en otra empresa.
- Voluntaria: no hay reserva de puesto; solo preferencia si hay vacante.
- Forzosa por cargo público: se conserva el puesto y la antigüedad.
- Cuidado de familiares: reserva del puesto un año, ampliable a 15/18 meses en familias numerosas.
- Superado ese tiempo, la reserva se refiere a un puesto del mismo grupo o categoría.
- Para acceder al paro si no hay vacante, se necesita comunicación expresa de la empresa.
¿Te compensa solicitarla ahora o esperar? La respuesta depende de tu situación personal y de los plazos de reserva que te apliquen.
Plazos de reserva por cuidado de familiares y familias numerosas en excedencia y qué ocurre cuando se agotan
En las excedencias para cuidado de un hijo, del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta el segundo grado por edad, accidente, enfermedad o discapacidad, la reserva del puesto dura un año. Si el periodo de excedencia es superior, la reserva pasa a un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente. Para familias numerosas, se amplía la reserva del puesto: 15 meses en la categoría general y 18 meses en la especial. Agotados estos plazos, la empresa ya no tiene obligación de mantener el puesto concreto.
En consecuencia, conviene planificar el regreso con tiempo, confirmar por escrito la solicitud de reingreso y conocer bien el tipo de excedencia que se ha pedido. ¿La idea? Evitar sorpresas cuando llegue la fecha clave.