Podrá solicitarse desde finales de 2024 y protege a las personas trabajadoras que no puedan desplazarse al centro laboral ni teletrabajar.
El Estatuto de los Trabajadores suma, desde finales de 2024, un permiso retribuido que permite ausentarse hasta cuatro días seguidos del puesto de trabajo cuando sea inviable desplazarse por causas meteorológicas o ante las recomendaciones de las autoridades. Este “permiso climático” se ubica en el artículo 37.3 g del Estatuto, impulsado tras la dana que afectó gravemente a Valencia y otras zonas del país.
Quién puede solicitar el nuevo permiso remunerado y en qué casos se aplica
Este permiso está dirigido a cualquier persona asalariada que se encuentre con una imposibilidad real de presentarse en su centro de trabajo debido a condiciones climatológicas adversas o a prohibiciones al desplazamiento. ¿Te preguntas si lo puedes pedir si tu coche queda bloqueado por una gran nevada? En principio, sí, siempre que además no tengas la opción de realizar tu labor de forma remota.
La normativa incluida en el Estatuto de los Trabajadores aclara que la concesión de estos cuatro días requiere de la verificación de que no se pueda teletrabajar, excluyendo a quienes sí puedan desempeñar sus funciones a distancia. De hecho, la medida busca proteger a los empleados que no cuenten con medios alternativos cuando surjan situaciones de riesgo grave e inminente.
Cómo gestionar la solicitud del “permiso climático” y qué documentos se requieren
En primer lugar, se aconseja notificar al empleador en cuanto surjan circunstancias climatológicas extremas y sea inviable asistir a la empresa. Posteriormente, habrá que seguir estos pasos generales:
- Comunicar la imposibilidad de desplazarse, aportando detalles sobre las restricciones o recomendaciones oficiales.
- Acreditar, si procede, la ausencia de opción para teletrabajar.
- Presentar la documentación que justifique la recomendación de no circular (avisos de autoridades, parte meteorológico o informes relevantes).
Siempre conviene revisar el convenio colectivo aplicable, puesto que podría haber disposiciones específicas sobre cómo proceder.
Comparativa con otras medidas laborales para situaciones de emergencia o fuerza mayor
El “permiso climático” del Real Decreto-ley 8/2024, se suma a otras herramientas como los ERTE por fuerza mayor, la reducción de jornada o la adaptación del puesto cuando sea posible. Estas soluciones ya existían para proteger a la plantilla ante sucesos excepcionales, pero la gran novedad radica en contar con cuatro días retribuidos sin perder salario ni derechos laborales.
La tabla siguiente resume las principales diferencias entre el nuevo permiso y las opciones conocidas:
Medida laboral | Días de permiso | Remuneración | Circunstancia principal |
---|---|---|---|
Permiso climático | Hasta 4 días consecutivos | 100% de la nómina | Fenómenos adversos o recomendaciones oficiales |
ERTE por fuerza mayor | Variable, según resolución | Variable (70-50%) | Situaciones críticas que imposibilitan la actividad habitual |
Reducción de jornada por fuerza mayor | Tiempo estimado o indefinido | Parcial | Causas excepcionales de tipo climático o empresarial |
Como ves, el nuevo permiso ofrece mayor inmediatez para ausentarse sin perder retribución.
Pasados los primeros cuatro días: posibles soluciones y protección del trabajador
Si la situación persiste más allá de los cuatro días y no se puede teletrabajar, la empresa puede aplicar otras medidas, como la suspensión temporal del contrato (ERTE). Según la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, “ninguna persona podrá sufrir perjuicio alguno por la adopción de estas medidas”, ya que la Inspección de Trabajo supervisará que no haya abusos por parte de las empresas.
El Gobierno ha anunciado que, antes de finales de 2025, elaborará un Real Decreto sobre la prevención de riesgos laborales ante emergencias climáticas. Además, los convenios colectivos tendrán la obligación de incluir protocolos específicos para situaciones meteorológicas extremas. Así, si todavía no sabes qué hacer ante un temporal, no olvides consultar tu convenio, ya que puede disponer vías rápidas para tramitar este permiso.