El nuevo reglamento eliminará barreras para trabajadores a tiempo parcial, ampliará los periodos de prórroga y facilitará determinados informes médicos. La modificación del límite de edad necesitará una reforma legal diferente.
La prestación para cuidar a hijos con cáncer u otra enfermedad grave afrontará cambios importantes en los próximos meses. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, anunció el 16 de septiembre en el Congreso que el nuevo reglamento de la CUME “verá la luz” en octubre. Además, el Gobierno prepara una iniciativa legislativa para revisar el actual límite de edad en determinados supuestos, aunque todavía no ha concretado cuál será el nuevo tope ni qué familias podrán acogerse a esa ampliación.
El reglamento de octubre eliminará varias barreras para acceder a la CUME
Uno de los cambios anunciados afecta directamente a los trabajadores con contratos de pocas horas. La regulación vigente impide acceder al subsidio cuando la jornada efectiva a tiempo parcial es igual o inferior al 25% de una jornada completa comparable. Saiz aseguró que esta limitación desaparecerá con el nuevo texto. El actual Real Decreto 1148/2011 recoge expresamente ese umbral del 25%, por lo que su eliminación ampliaría el acceso a trabajadores que ahora quedan excluidos.
También se permitirá escoger entre el facultativo de Atención Primaria y el especialista para determinados informes, se eliminará la incompatibilidad con las prácticas formativas y se precisarán las situaciones asimiladas al ingreso hospitalario. Son cambios especialmente relevantes para quienes ya recurren a una reducción de jornada para cuidar hijos y deben acreditar periódicamente que continúa existiendo una necesidad de atención directa, continua y permanente.
El límite de 26 años no puede modificarse solo con el nuevo reglamento
Aquí aparece una diferencia importante entre las dos reformas anunciadas. La normativa vigente permite mantener la prestación con carácter general hasta los 23 años cuando persista la enfermedad y la necesidad de cuidados. Puede prolongarse hasta los 26 años si, antes de cumplir 23, el hijo acredita además un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Ese límite no desaparecerá automáticamente cuando se apruebe el reglamento de octubre. La propia Saiz explicó que la vía reglamentaria tiene límites y que determinadas modificaciones necesitan una norma con rango legal. El Ejecutivo ha anunciado una iniciativa legislativa “inminente” para revisar la edad en determinados casos, pero hasta ahora no ha detallado qué edad sustituirá al actual máximo ni los requisitos de esa futura ampliación. Por tanto, las familias afectadas deben seguir tomando como referencia los 23 y 26 años establecidos actualmente en la norma.
La CUME compensa el salario perdido al reducir al menos un 50% la jornada
La CUME está destinada a trabajadores que reducen su jornada al menos un 50% para cuidar de forma directa, continua y permanente a un hijo afectado por cáncer u otra enfermedad grave. La Seguridad Social explica que la solicitud se presenta ante el INSS, el Instituto Social de la Marina o la mutua colaboradora correspondiente. El derecho nace desde el inicio de la reducción si se solicita dentro de los tres meses siguientes. El procedimiento oficial de la Seguridad Social detalla actualmente estos pasos.
La cuantía tampoco consiste en una cantidad fija. El subsidio equivale al 100% de la base reguladora aplicable, sobre la que se aplica el porcentaje de reducción de jornada. Por ejemplo, con una base reguladora equivalente a 2.000 euros mensuales y una reducción del 75%, la referencia económica sería de unos 1.500 euros, sin entrar en circunstancias particulares que puedan alterar el cálculo. Es un funcionamiento diferente al de otras ayudas familiares y también de la prestación por nacimiento y cuidado, aunque ambas forman parte de la protección vinculada a los cuidados.
Las prórrogas serán más largas y el nuevo texto actualizará las enfermedades
La reforma también busca reducir la frecuencia con la que las familias deben renovar la prestación. El Ministerio explicó en julio que el proyecto pasa de un sistema con una primera prórroga de dos meses y posteriores revisiones cada cuatro meses a otro en el que la primera revisión llegará a los seis meses y las siguientes cada ocho. El Real Decreto todavía vigente mantiene las prórrogas de dos y cuatro meses, por lo que habrá que comprobar la redacción definitiva que se publique.
El proyecto incorpora además nuevas patologías y pretende adaptar el concepto de situación protegida a pacientes que necesitan cuidados intensivos y permanentes sin permanecer ingresados durante largos periodos. El Ministerio señaló en junio que la CUME contaba con cerca de 19.000 beneficiarios y una dotación de 355 millones de euros, frente a menos de 6.000 familias atendidas en 2018. En julio precisó que el gasto había pasado de 84 millones a 355 millones de euros en 2025, un aumento aproximado del 323%. El borrador recibió unas 1.200 aportaciones durante la audiencia pública.
La reforma no ha cerrado todas las diferencias políticas y las reivindicaciones de las asociaciones. La diputada de Sumar Aina Vidal planteó dudas sobre la gestión del acceso al derecho por entidades privadas, mientras que la diputada del PNV Idoia Sagastizabal reclamó abordar otras cuestiones pendientes. Saiz sostiene que el reglamento incorpora “casi todas” las mejoras trasladadas por las familias, mientras las asociaciones continúan reclamando una solución para quienes alcanzan el actual máximo de edad.