El nuevo Estatuto del Becario obligará a pagar desplazamientos y gastos y prohíbe cobrar por hacer prácticas

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 31 de diciembre de 2025 a las 21:30
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Estudiantes realizando prácticas formativas tras los cambios del Estatuto del Becario

El Consejo de Ministros ha aprobado un reglamento que desarrolla los contratos en formación y fija un máximo por centro de trabajo. La cifra dependerá de la plantilla y afecta especialmente a los pequeños negocios.

El Gobierno ha actualizado las reglas de los antiguos contratos en prácticas, hoy encuadrados como contratos en formación. La principal novedad es que se limita cuántas personas pueden estar contratadas bajo estas modalidades en un mismo centro, algo que hasta ahora no quedaba tan topado. ¿Te encaja tener más de tres personas en prácticas si tu plantilla es corta? Pues ahora habrá que mirarlo con lupa.

Nuevo reglamento sobre contratos en formación: límites para pymes y autónomos

La reforma laboral de 2022 ya había endurecido condiciones para quienes incorporan perfiles en formación, y los cambios sobre becarios se han ido perfilando con el Estatuto del Becario. Con el nuevo reglamento, se regulan también los contratos con personas que ya han terminado su formación o necesitan prácticas para conseguir el título y que sí desarrollarán tareas en el negocio.

Según Jaume Barcons, abogado laboralista de la gestoría Barcons, el pago mínimo del Salario Mínimo no es lo novedoso, porque ya estaba previsto en el Estatuto de los Trabajadores. El giro relevante está en el límite de contratos en prácticas y en el resto de condiciones asociadas.

Cómo funcionan la alternancia y la práctica profesional tras la reforma laboral

La norma concreta dos vías de contratación: el contrato de formación en alternancia, para quienes han finalizado estudios y buscan formarse en un oficio, y el contrato para la obtención de la práctica profesional, para quienes necesitan esa experiencia laboral como parte del proceso para obtener el título.

Es importante diferenciarlo del becario. El becario depende de un convenio con su centro y no debería desempeñar funciones propias de un trabajador. En cambio, en los contratos en formación, la persona sí puede realizar tareas, siempre ligadas a lo formativo. Dicho de forma sencilla: si se necesita un aprendiz de camarero, debe ser bajo estas modalidades, no como becario.

Condiciones clave del contrato: tareas ligadas a formación, jornada y SMI

Además del número máximo, la norma precisa condiciones para evitar usos indebidos de estas modalidades. Por tanto, no basta con firmar y ya está: hay que encajar funciones, jornada y perfil.

  • La actividad debe estar directamente relacionada con la formación que justifica el contrato.
  • No se podrán firmar dos contratos formativos a la misma persona en el mismo nivel y sector, y deberá acreditar estudios y falta de experiencia previa en ese ámbito.
  • En el caso del Sistema Nacional de Empleo, no se deben superar los 30 años.
  • La jornada efectiva se limita al 65% el primer año y al 85% el segundo.
  • En alternancia, la retribución se fija por convenio, proporcional al tiempo de trabajo efectivo, y no puede ser inferior al Salario Mínimo.

Con estas reglas, el control sobre el contenido real del puesto y su relación con la formación cobra más peso.

Becarios bajo más lupa: compensaciones, cotizaciones y límites en pequeñas empresas

En paralelo, el Estatuto del Becario aprobado hace unas semanas en Consejo de Ministros, si supera el trámite parlamentario, impondría la compensación obligatoria de gastos (desplazamientos, alojamiento o manutención) cuando no haya remuneración y prohíbe que una empresa cobre al estudiante por hacer prácticas.

También se refuerza la vigilancia sobre falsos becarios con campañas específicas de inspección, se prohíben prácticas en horario nocturno o a turnos y, en empresas de menos de 30 empleados, el máximo sería de tres becarios a la vez. Además, los estudiantes deben tener acceso a los mismos espacios y servicios que el resto del personal. A esto se suman las cotizaciones a la Seguridad Social que se abonan desde el 1 de enero de 2024, bonificadas en un 95%, con un coste aproximado de 200 euros anuales por becario (o unos 130 euros si no hay remuneración).

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Israel Garcia

Redactor de noticias especializado en SEO, Israel se dedica a investigar y comunicar las novedades del sector laboral, asegurando que la información que recibes sea clara, atractiva y siempre actualizada. Puedes contactar con Israel García Ramírez al correo: igarcia@ciberseojaen.es.

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