Pactar un despido para cobrar el paro es fraude de ley y acarrea graves consecuencias. Quien deja voluntariamente su empleo no tiene derecho a la prestación, porque no está en situación legal de desempleo. Para sortear esta norma, algunos trabajadores acuerdan con la empresa un despido que les permita cobrar el paro, pero la Inspección de Trabajo y el SEPE pueden detectar el fraude y sancionar.
Inspección de Trabajo y SEPE controlan los despidos pactados para cobrar paro
Como regla general, la baja voluntaria impide acceder al paro. Solo si la extinción del contrato se debe a modificaciones sustanciales o al incumplimiento del empresario se reconoce la situación legal de desempleo. Para esquivar esta limitación, se ha extendido la práctica de pactar con la empresa un despido, a menudo disciplinario, sin indemnización y con solo el finiquito.
¿Parece una salida fácil y sin riesgos? En realidad, se están presentando datos falsos o inexactos para conseguir una prestación a la que no se tendría derecho, lo que puede considerarse fraude de ley. Antes de plantearse un despido pactado conviene tener claras tres ideas básicas:
- Dejar el trabajo voluntariamente no da derecho a prestación por desempleo.
- La excepción es la extinción por modificaciones sustanciales o incumplimiento empresarial.
- Pactar o simular un despido para cobrar el paro puede ser una infracción muy grave.
Por tanto, arreglar los papeles del paro mediante un despido pactado no es un simple favor, sino una conducta vigilada por la Inspección de Trabajo y el SEPE.
Multas de hasta 225.018 euros por fraude en la prestación por desempleo
El artículo 23.1 c) de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social considera infracción muy grave facilitar datos falsos para obtener prestaciones indebidas o colaborar con trabajadores para lograr ayudas superiores a las que proceden.
Pactar el despido solo para acceder a la prestación por desempleo encaja en este tipo de infracción, de modo que la Inspección de Trabajo puede sancionar a la empresa. El artículo 40 de la misma norma fija las multas en función del grado, tal y como recoge la siguiente tabla:
| Grado | Mínimo | Máximo |
| Grado mínimo | 7.501 euros | 30.000 euros |
| Grado medio | 30.001 euros | 120.005 euros |
| Grado máximo | 120.006 euros | 225.018 euros |
Además, la empresa puede perder futuras subvenciones, incentivos y beneficios fiscales. Si los hechos son lo bastante graves como para constituir delito, la Administración puede remitir el caso al juzgado y paralizar la multa administrativa hasta que haya sentencia. ¿Compensa correr este riesgo por intentar cobrar un paro que no corresponde?
Consecuencias para el trabajador que pacta con la empresa el despido
Las consecuencias también alcanzan al trabajador. El SEPE puede exigir la devolución íntegra de la prestación por desempleo cobrada de forma indebida, reclamando todo el paro percibido. Además, la persona puede perder el derecho a percibir cualquier prestación económica, al haberse beneficiado indebidamente del sistema, de manera que no solo debe devolver el dinero, sino que se cierran futuras vías de ayuda.
La jugada puede salir muy cara y terminar dejando al trabajador sin ingresos y con una deuda importante con la Administración. Por consiguiente, antes de arreglar los papeles del paro mediante un despido simulado, conviene recordar que se trata de fraude de ley, con posibles multas de hasta 225.018 euros y la obligación de devolver toda la prestación.







