Despedido de Mercadona por comerse dos regalices que iban a la basura: la Justicia concluye que la empresa actuó de forma excesiva

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 16 de mayo de 2026 a las 18:19
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Supermercado Mercadona relacionado con el despido de un trabajador por comerse dos regalices destinados a la basura
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco considera que la sanción fue “desproporcionada” y confirma la nulidad del despido de un trabajador de Mercadona. El empleado estaba en reducción de jornada por cuidado de un hijo y deberá ser readmitido con el abono de los salarios dejados de percibir.

Un trabajador de Mercadona fue despedido tras comerse dos regalices de fresa procedentes de un carro de roturas, es decir, productos que estaban destinados a la basura. La empresa alegó una falta muy grave y una pérdida de confianza, pero la justicia ha dado la razón al empleado al entender que la medida no guardaba proporción con los hechos.

Qué ocurrió con los regalices destinados a la basura en Mercadona

El empleado trabajaba para Mercadona desde 2021 y desde enero de 2024 disfrutaba de una reducción de jornada para cuidar de su hijo menor. En marzo de ese mismo año, la empresa le entregó una carta de despido disciplinario por haber comido, el mes anterior, dos regalices de fresa de un lote que no iba a ponerse a la venta.

Además, Mercadona sostuvo que el trabajador había ofrecido a un compañero llevarse una caja a casa para sus hijos. También mencionó otro episodio anterior, ocurrido en diciembre de 2023, cuando intentó llevarse unas bolsas de cotillón rotas que igualmente iban a desecharse, aunque finalmente las devolvió al ser advertido.

¿Puede una conducta así justificar un despido? Para la empresa, sí. Para los tribunales, no en estas circunstancias.

Las claves del caso fueron las siguientes:

  • El trabajador comió dos regalices de un carro de roturas.
  • Los productos estaban destinados a la basura y no a la venta.
  • Mercadona alegó una infracción muy grave del convenio.
  • El empleado tenía reducción de jornada por cuidado de un hijo menor.

El trabajador impugnó el despido y el Juzgado de lo Social n.º 10 de Bilbao declaró nula la decisión empresarial, condenando a Mercadona a la readmisión inmediata y al pago de los salarios de tramitación.

Por qué el tribunal entiende que la sanción fue desproporcionada

Mercadona recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. La compañía defendió que la conducta suponía una transgresión de la buena fe contractual y una pérdida de confianza. Para ello, se apoyó en el artículo 39.3 d) de su convenio colectivo, que califica como falta muy grave la apropiación indebida o consumo de productos de la empresa, incluso si están destinados a basura, promoción o roturas.

Sin embargo, el TSJ aplicó la llamada “teoría gradualista”, que exige valorar si existe una proporción lógica entre la infracción cometida y la sanción impuesta. Y aquí, dicho claro, el despido se le fue de las manos a la empresa.

Aspecto analizadoValoración del tribunal
Producto consumidoDos regalices destinados a la basura
Perjuicio para la empresaNo había lucro posible al no estar a la venta
Sanción aplicadaDespido disciplinario, considerado desproporcionado

El tribunal también destacó que Mercadona no había sancionado antes un hecho similar, el de las bolsas de cotillón. De hecho, después de aquel episodio, el trabajador superó una evaluación de desempeño con una nota de 8,5 y una valoración positiva en integridad, donde constaba que “no engaña”.

Qué efectos tiene la nulidad del despido para el empleado

El TSJ confirmó que el despido debía ser nulo y no simplemente improcedente. La razón es que el trabajador disfrutaba de una reducción de jornada por cuidado de un hijo, por lo que la empresa debía justificar de forma suficiente la medida para descartar cualquier indicio discriminatorio.

Al no hacerlo y tratarse de una sanción desproporcionada, la consecuencia es la readmisión del empleado y el pago de los salarios que dejó de percibir desde el cese. La sentencia 849/2026 no era firme y contra ella cabía recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

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Israel Garcia

Israel García Ramírez es redactor especializado en ayudas, pensiones y Seguridad Social. En Infoemplea2 cubre contenidos sobre SEPE, paro, subsidios, Ingreso Mínimo Vital, jubilación, pensiones, incapacidad permanente y requisitos para acceder a prestaciones públicas.

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