Una empleada que trabajaba como asesora de inversiones para una compañía con sede en Birmingham, Inglaterra, ha conseguido que la justicia reconozca que su despido fue discriminatorio por razón de embarazo. La trabajadora, que había empezado en la empresa en marzo de 2022, tuvo que teletrabajar por recomendación médica debido a los problemas de salud derivados de su estado.
La trabajadora tuvo que teletrabajar por las náuseas provocadas por el embarazo
La empleada comenzó a sufrir fuertes náuseas desde el inicio del embarazo. La situación no mejoró, sino que fue a más, hasta el punto de que un día tuvo que abandonar antes su puesto de trabajo.
Tras acudir a su médica, comunicó a la empresa que le habían recomendado trabajar desde casa durante dos semanas, al coincidir con el momento más intenso de las náuseas del embarazo por las hormonas. Además, informó de que el servicio médico tendría que realizar una evaluación de salud y seguridad en el trabajo por su estado.
¿Puede una empresa despedir a una trabajadora por no acudir presencialmente si existe un problema de salud vinculado al embarazo? En este caso, la justicia entendió que no.
| Dato del caso | Información |
|---|---|
| Puesto de la trabajadora | Asesora de inversiones |
| Sede de la empresa | Birmingham, Inglaterra |
| Motivo del teletrabajo | Náuseas intensas por el embarazo |
| Indemnización reconocida | 93.616,74 libras esterlinas |
La situación, lejos de resolverse con una adaptación temporal, terminó con un mensaje que acabaría siendo clave en el procedimiento.
El mensaje del jefe que fue interpretado como el fin de la relación laboral
Después de varios días teletrabajando, el jefe le preguntó el 26 de noviembre cómo se encontraba. Ella respondió que se sentía fatal y que tenía náuseas todos los días.
Poco después, su superior le planteó si podía acudir algunos días a la oficina la semana siguiente y terminar a las 4 de la tarde. La petición no fue considerada inapropiada, ya que él se iba de vacaciones. Sin embargo, la trabajadora explicó que no podría trabajar en toda la semana por el empeoramiento de las náuseas e incluso advirtió de que podían ingresarla en el hospital.
Fue entonces cuando recibió un mensaje en el que su jefe le decía que tendrían que buscar a otra persona para ir a la oficina porque se estaban quedando atrasados con el trabajo. También añadía que esperaba que no se lo tomara como algo personal ni los viera como malas personas. Para rematar, el mensaje iba acompañado de un emoticono feliz. Vamos, una forma muy poco seria de comunicar algo tan delicado.
La justicia considera que hubo discriminación por embarazo y despido improcedente
La empresa defendió después que la trabajadora no había sido despedida, pero la justicia no aceptó esa versión. El tribunal entendió que el mensaje suponía, de forma clara y objetiva, el final de la relación laboral.
Los puntos clave fueron:
- La trabajadora estaba embarazada y sufría problemas de salud relacionados con su estado.
- La empresa conocía la recomendación médica de teletrabajar.
- El salario dejó de abonarse el mismo día del mensaje.
- La comunicación del jefe fue interpretada como un despido.
Por todo ello, se estimó que existió discriminación por embarazo y el despido fue declarado improcedente. La empresa deberá pagarle una indemnización de 93.616,74 libras esterlinas, una cantidad que supera los 108.000 euros.







