La cuantía de 1.795 euros corresponde a residencia escolar. La convocatoria también incluye reeducación, transporte, comedor, material y un subsidio fijo de 400 euros sin límite de renta.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes mantiene abierta la convocatoria de ayudas para alumnado con discapacidad y otras necesidades específicas de apoyo educativo. El plazo termina el 10 de septiembre de 2026 a las 15:00 horas. La convocatoria publicada en el BOE incluye hasta 1.795 euros para residencia escolar. También prevé 913 euros para cada modalidad de reeducación y un subsidio fijo de 400 euros.
Quién puede solicitar las ayudas para alumnado con discapacidad
El acceso por discapacidad exige acreditar un grado igual o superior al 25%. El estudiante también debe estar escolarizado como alumnado con necesidades educativas especiales. Además, debe tener al menos dos años a 31 de diciembre de 2025. Puede cursar estudios en un centro específico, una unidad especializada o un centro ordinario autorizado. La convocatoria abarca desde Educación Infantil hasta Bachillerato, Formación Profesional y enseñanzas artísticas profesionales.
La convocatoria también incluye trastornos graves de conducta, comunicación o lenguaje. Además, comprende el trastorno del espectro autista y las altas capacidades. En el caso del TEA, no se exige un grado de discapacidad del 25%. Sí deben acreditarse el diagnóstico y las necesidades de apoyo. Las altas capacidades cuentan con una modalidad de hasta 913 euros para programas complementarios.
Las cuantías cubren residencia, enseñanza, transporte y reeducación
La cantidad concedida depende del gasto solicitado y de los requisitos aplicables a cada componente. Estas son las cuantías máximas previstas para el curso 2026-2027:
| Concepto | Cuantía máxima |
|---|---|
| Enseñanza | 862 euros |
| Transporte interurbano | 617 euros |
| Comedor escolar | 574 euros |
| Residencia escolar | 1.795 euros |
| Transporte de fin de semana | 442 euros |
| Transporte urbano | 308 euros |
| Material escolar | Entre 105 y 204 euros |
| Reeducación pedagógica | 913 euros |
| Reeducación del lenguaje | 913 euros |
| Subsidio para gastos adicionales | 400 euros |
Los 1.795 euros no representan el máximo total de la convocatoria. Esa cifra corresponde únicamente a residencia escolar. No todas las personas beneficiarias reciben todas las cuantías. Algunos componentes pueden concurrir cuando se cumplen sus condiciones. Las ayudas de transporte pueden aumentar hasta un 50% con una discapacidad motora superior al 65%. No se conceden transporte o comedor cuando esos gastos ya están cubiertos con servicios o fondos públicos. Para reeducación, se exige un informe de orientación y documentación del centro o profesional que prestará el tratamiento.
El subsidio de 400 euros no está sujeto a límites de renta
El subsidio fijo compensa gastos generales adicionales derivados de la escolarización. Pueden acceder estudiantes con discapacidad, TEA, trastornos graves de conducta o comunicación y altas capacidades. Deben cumplir las demás condiciones de la convocatoria. Su concesión no depende de la renta ni del patrimonio familiar. Superar los umbrales económicos no excluye automáticamente esta modalidad.
Las ayudas sometidas a requisitos económicos sí toman como referencia los ingresos de 2025. Los límites son 12.534 euros para un miembro, 20.416 para dos, 26.811 para tres y 31.801 para cuatro. Suben a 36.089 euros para cinco, 40.229 para seis, 44.143 para siete y 48.031 para ocho. También se aplican límites patrimoniales, incluido un máximo de 1.900 euros en determinados rendimientos y ganancias patrimoniales.
Cómo presentar la solicitud antes del 10 de septiembre
La solicitud debe cumplimentarse en la Sede Electrónica del Ministerio de Educación. Después debe firmarse y enviarse mediante el procedimiento telemático. Completar el formulario no equivale a presentar la ayuda. El trámite termina cuando se genera el resguardo, que debe conservarse como justificante. Las solicitudes ya no se entregan a través de los centros educativos.
El plazo finaliza el 10 de septiembre de 2026 a las 15:00 horas en la Península. En Canarias termina a las 14:00 horas. Existe una vía excepcional en papel para familias con dificultades de acceso a medios electrónicos. Tras el envío, el estado puede consultarse en el apartado «Mis expedientes» de la sede ministerial.







