Oficial: DGT no aceptará renovación a quienes tomen este medicamento SIN informe médico

El organismo de Tráfico endurece las condiciones de renovación del permiso, con nuevas restricciones para quienes tomen determinados tratamientos médicos y sufran patologías específicas.

La Dirección General de Tráfico (DGT) vuelve a poner el foco en la salud de los conductores a partir de 2025. ¿El motivo principal? Endurecer las condiciones de renovación del carnet de conducir en caso de que se padezcan determinadas enfermedades o se consuman ciertos medicamentos. En España, casi 28 millones de personas tienen algún tipo de permiso, siendo la mayoría de clase B. Este se renueva cada diez años (cinco si se supera la franja de los 65), siempre tras pasar una revisión médica.

Conducir con un permiso caducado puede acarrear multas desde 200 hasta 6.000 euros. Por eso, la DGT insiste en la importancia de acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores homologado en cuanto toque la renovación. Sin embargo, quienes requieran determinados tratamientos podrían enfrentarse a la negativa de las autoridades para prolongar su vigencia.

A continuación, se detalla qué enfermedades y medicamentos se ven afectados, así como las pautas para superar la revisión médica con garantías. Ojo, porque una simple inobservancia puede traducirse en la imposibilidad de conducir de forma legal.

Las enfermedades que pueden impedir la renovación del carnet de conducir en 2025 según la DGT

La DGT ha establecido nueve categorías de enfermedades que, por su naturaleza, suponen un alto riesgo a la hora de conducir. El principal criterio es que algunas patologías merman de forma notable la capacidad física o psíquica para ponerse al volante, elevando el peligro de accidente. Entre las más significativas destacan:

  • Respiratorias: Desde la apnea del sueño (que habilita renovaciones parciales de tres años) hasta la disnea permanente en reposo, que impide la renovación por completo.
  • Digestivas: Un trasplante renal exige esperar seis meses antes de solicitar prórroga, mientras que la nefropatía con diálisis puede permitirla bajo ciertas condiciones.
  • Neurológicas: La epilepsia o una pérdida reciente de conciencia pueden limitar la vigencia del permiso. Además, un accidente isquémico transitorio admite una extensión anual, si el informe médico es favorable.
  • Vasculares: Un aneurisma requiere un análisis minucioso para descartar riesgos de rotura, y una disección solo permite renovaciones de hasta dos años, transcurridos seis meses desde la operación.
  • Oncológicas y oncohemáticas: Si el paciente está en tratamiento o aún padece secuelas, es probable que no se apruebe la renovación.
  • Psiquiátricas: Demencia, trastornos de ansiedad, TDH, depresión o dependencia de alcohol o drogas, entre otros, impiden ponerse tras el volante de forma segura.
  • Endocrinas: El hipotiroidismo grave o la diabetes insulinodependiente pueden suponer un freno definitivo.
  • Cardíacas: Arritmias, infartos, marcapasos o desfibriladores exigen un control médico estricto antes de renovar.
  • Degenerativas: Enfermedades como Alzheimer, ELA, Parkinson u osteoporosis también afectan a la aptitud de conducción.

La siguiente tabla resume algunas de estas enfermedades y la posible vigencia o restricción del carnet:

CategoríaEjemplo de enfermedadRenovación posible
RespiratoriasApnea del sueñoSí, con revisión cada 3 años
NeurológicasEpilepsiaLimitada, según criterio médico
VascularesDisecciónRenovación de hasta 2 años (tras 6 meses)
EndocrinasDiabetes insulinodependienteAlta probabilidad de denegación
DegenerativasParkinsonRenovación sujeta a estado clínico

Como ves, cada caso se estudia de forma personalizada, pero la normativa es clara al priorizar la seguridad vial.

Qué medicamentos específicos prohíbe la DGT para no conceder la prórroga del permiso de circulación

Además de las enfermedades, la DGT ha detallado que algunos tratamientos pueden inhabilitar la conducción. Uno de los ejemplos más frecuentes es la insulina para el control de la diabetes, ya que puede provocar hipoglucemias que pongan en riesgo la seguridad de quien maneja el vehículo.

Por otro lado, los medicamentos psiquiátricos, como antidepresivos o antipsicóticos, podrían necesitar un certificado médico que confirme la capacidad del paciente para conducir sin poner en peligro a terceros. Lo mismo sucede con los fármacos recetados para la apnea del sueño: quienes los consuman deben presentar un informe favorable, acreditando que el tratamiento es efectivo.

El organismo de Tráfico justifica estas restricciones en estudios que reflejan un mayor índice de siniestralidad entre quienes presentan estas patologías o consumen estos medicamentos.

Cómo pasar con éxito la revisión médica y evitar problemas en la renovación del carnet

Si te preguntas cómo encarar la próxima cita en el Centro de Reconocimiento de Conductores, aquí tienes una pequeña lista de recomendaciones:

  1. Consultar con tu médico: Antes de la revisión, pide un informe actualizado sobre tu tratamiento o enfermedad.
  2. Revisar la medicación: Confirma si los fármacos que tomas figuran en la lista de riesgo de la DGT.
  3. Mantener un buen historial clínico: Tener toda la documentación ordenada y actualizada facilita el proceso.
  4. Acudir con antelación: No esperes al último momento para renovar si sospechas que tu caso puede requerir trámites adicionales.

Recuerda que, si tu permiso caduca y no lo has renovado, podrías enfrentarte a importantes sanciones económicas y, en casos extremos, a la retirada total del derecho a conducir.

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