Aun con el roscón de reyes presente, la Agencia Tributaria ya ha dado a conocer la fecha para realizar la declaración de la Renta en 2025 respecto al ejercicio fiscal 2024. Así, la campaña para realizar la declaración por internet comienza el día 2 de abril, un día antes que el año pasado, que se inició el 1 de abril. Como cada año, los contribuyentes tienen que estar atentos a los requisitos y a las novedades que se presentan, ya que de no ser así pueden acarrear con serios problemas. Los últimos datos de cierre del impuesto sobre la renta de las personas físicas de 2023 (IRPF 2023) indican que en el ejercicio anterior Hacienda devolvió 12.907 millones de euros a 15.852.000 contribuyentes.
Cuándo se hace la declaración de la renta en 2025: fechas para realizarla por internet, presencial y por teléfono
Aunque aún quedan unos meses para poder realizar la declaración de la Renta, Hacienda ya ha publicado en su sede electrónica las fechas para la campaña de Renta y Patrimonio para este año:
- 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024.
- 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
- 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).
Asimismo, la Agencia Tributaria recuerda que para ser atendido tanto por teléfono como de forma presencial es necesario pedir cita en Hacienda por Internet o llamado a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Novedades importantes
Una de las novedades más relevantes es que las personas que perciban cualquier prestación por desempleo estarán obligados a presentar la declaración de la renta, con independencia de que los ingresos totales no lleguen al umbral mínimo como era preceptivo hasta ahora. En años anteriores, tanto los asalariados como los parados con ingresos no superiores a 22.000 euros o por encima de los 15.000 euros (si tenía dos o más pagadores) no estaban obligados a realizarla. Esto es de suma importancia, ya que de no hacerla se podría peder la prestación de desempleo.
Otro de los ajustes inesperados para este año, es que aumenta el umbral de ingresos mínimos para realizar la declaración del IRPF. Los 15.000 euros anuales para las personas con más de un pagador, aumenta en 15.876 euros anuales, equiparándose al SMI. Lo anterior quiere decir que si percibes menos del salario mínimo no estás obligado a realizar la declaración de la renta.
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