El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirma la procedencia del despido disciplinario de un empleado de CaixaBank por irregularidades en la venta de seguros y productos. El trabajador hacía creer a los clientes que televisores, móviles u otros artículos eran obsequios gratuitos, cuando en realidad se pagaban con su propio dinero.
El caso afecta a un gestor que trabajaba en CaixaBank desde junio de 2007 y que fue despedido por varias operativas bancarias irregulares realizadas entre enero de 2021 y julio de 2022. Según la sentencia 5442/2025, estas prácticas afectaron al menos a 8 clientes.
El gestor ocultaba el coste real de seguros y productos a clientes
La operativa detectada seguía un patrón concreto. El empleado abría depósitos a la vista, es decir, cuentas adicionales a la operativa habitual de los clientes. En muchas ocasiones, en esas nuevas cuentas no constaban las personas autorizadas que sí figuraban en las cuentas originales.
¿Dónde estaba el problema? Que esas cuentas se vinculaban a la cancelación o rescate de productos de inversión que los clientes ya tenían contratados, como rentas vitalicias, depósitos a plazo, seguros o fondos de inversión.
Con el dinero obtenido de esos rescates, el gestor pagaba nuevas altas de seguros de vida o financiaba compras de productos de la plataforma Wivai, como televisores, teléfonos inteligentes, aires acondicionados y sistemas de alarma.
| Aspecto del caso | Información recogida en la sentencia |
|---|---|
| Entidad | CaixaBank |
| Antigüedad del empleado | Desde junio de 2007 |
| Periodo de las operaciones | Entre enero de 2021 y julio de 2022 |
| Clientes afectados | Al menos 8 |
| Decisión judicial | Despido disciplinario procedente |
El punto más grave, según lo analizado judicialmente, fue que el gestor hacía creer a los clientes que esos productos eran “regalos”, “premios” o promociones sin coste. Pero, ojo, el dinero salía realmente de sus propias inversiones.
Las quejas de familiares llevaron a una auditoría interna del banco
La situación salió a la luz después de que algunos familiares de los clientes presentaran quejas formales al detectar el engaño. Esto obligó a CaixaBank a cancelar contratos y restituir económicamente a los afectados.
A partir de ahí, la entidad inició en julio de 2022 una auditoría interna. Esta investigación incluyó entrevistas con los clientes y un análisis detallado de los movimientos bancarios, ya que la forma de actuar del gestor dificultaba conocer el origen y destino de las operaciones.
La auditoría finalizó el 2 de noviembre de 2022. Un mes después, el 2 de diciembre, CaixaBank comunicó al empleado su despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, conforme al artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.
El TSJ rechaza los argumentos del trabajador y avala el despido
El gestor impugnó el despido, pero el Juzgado de lo Social nº 21 de Barcelona desestimó su demanda. Después recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, alegando que esas ventas eran una práctica generalizada, controlada y promovida diariamente por la dirección de su oficina.
El tribunal no aceptó sus argumentos por varios motivos:
- Las pruebas testificales no podían modificar los hechos probados en esa instancia.
- No se acreditó que CaixaBank conociera o consintiera esa forma de actuar.
- El plazo de 60 días no se había superado, porque el banco tuvo conocimiento completo de los hechos al finalizar la auditoría.
- La doctrina gradualista no era aplicable por la gravedad de la conducta, el perjuicio económico y el daño al prestigio de la entidad.
En consecuencia, el TSJ de Cataluña desestimó el recurso y confirmó que el despido disciplinario era procedente. La sentencia no era firme y contra ella cabía recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.







