Despiden a un repartidor por beber cerveza y tumbarse en el camión, pero la Justicia obliga a readmitirlo y pagarle 6.000 euros de indemnización

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 30 de mayo de 2026 a las 17:00
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Repartidor tumbado descansando en la cabina de un camión durante su jornada laboral tras ser despedido por la empresa
El Juzgado de lo Social nº 2 de Murcia declara nulo el despido de un trabajador al apreciar indicios de represalia. La empresa deberá readmitirlo, pagarle los salarios de tramitación y abonarle una indemnización adicional por daño moral.

Un repartidor despedido por tomarse una cerveza tras una entrega y tumbarse durante más de una hora en la cabina de su camión tendrá que ser readmitido por su empresa. Aunque la compañía defendió que se trataba de un despido disciplinario, el juzgado consideró que la medida no respondía realmente a esos hechos, sino a una represalia previa contra el trabajador.

El juez analiza si la cerveza y el descanso justificaban el despido disciplinario

El despido se produjo el 15 de julio de 2022. La empresa alegó desobediencia, bajo rendimiento y transgresión de la buena fe contractual, motivos que pueden justificar un despido disciplinario cuando existen incumplimientos graves y culpables.

El trabajador llevaba en la empresa desde 2008. Según la carta de despido, había dejado el camión sin asegurar en varias ocasiones, consumió una jarra de cerveza con alcohol después de una entrega en un bar y permaneció tumbado en la cabina del vehículo entre las 14:46 y las 15:56. Vamos, una situación que la empresa consideró suficiente para romper la relación laboral.

Los hechos fueron documentados por un detective privado contratado por la compañía. Entre las conductas señaladas figuraban:

  • Dejar el camión sin asegurar en distintas ocasiones.
  • Tomarse una jarra de cerveza con alcohol tras una entrega.
  • Permanecer tumbado en la cabina durante más de una hora.

Ahora bien, ¿bastaba todo esto para justificar el despido? El juzgado no se quedó solo en la conducta puntual, sino que examinó también lo ocurrido antes de que la empresa decidiera despedirlo.

Los antecedentes laborales fueron clave para declarar nulo el despido del repartidor

El punto decisivo estuvo en el contexto previo. Meses antes, el trabajador había sido sancionado con 14 días de suspensión de empleo y sueldo. Tras esa sanción, anunció su intención de impugnar la medida y demandar a la empresa.

El empresario reconoció que interpretó esa reacción como una amenaza. Este detalle fue relevante para el juzgado, que apreció indicios de represalia y consideró vulnerada la garantía de indemnidad del empleado.

La sentencia también tuvo en cuenta que el seguimiento con detective se realizó cuando la decisión de despedir ya estaba tomada y sin que existieran sospechas previas claras. Además, se señaló que otros empleados realizaban conductas similares sin ser vigilados.

Aspecto analizadoDecisión del juzgado
Conducta del trabajadorFue examinada, pero no resultó determinante por sí sola
Investigación con detectiveSe produjo cuando el despido ya estaba decidido
Contexto previoExistían indicios de represalia
Calificación del despidoNulo

Por tanto, el caso no terminó como un despido procedente ni como un simple despido improcedente, sino con la declaración de nulidad.

La empresa deberá readmitir al trabajador y pagar 6.000 euros

El Juzgado de lo Social nº 2 de Murcia, en la sentencia 27/2023 de 20 de marzo de 2023, condenó a la empresa a readmitir al repartidor en su puesto de trabajo.

Además, deberá abonarle los salarios de tramitación desde el 15 de julio de 2022, con una base diaria de 43,34 euros, y pagar una indemnización adicional de 6.000 euros por daño moral.

La resolución deja una idea clara: cuando un despido se produce como represalia por reclamar derechos laborales, puede ser declarado nulo, aunque la empresa alegue motivos disciplinarios.

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Israel Garcia

Israel García Ramírez es redactor especializado en ayudas, pensiones y Seguridad Social. En Infoemplea2 cubre contenidos sobre SEPE, paro, subsidios, Ingreso Mínimo Vital, jubilación, pensiones, incapacidad permanente y requisitos para acceder a prestaciones públicas.

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