Un subdirector de una oficina de CaixaBank en Barcelona ha perdido definitivamente su batalla judicial, al menos en esta fase, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña haya confirmado que su despido disciplinario fue procedente. La entidad lo cesó el 15 de enero de 2024 por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, tras detectar operaciones irregulares por valor de 422.000 euros.
CaixaBank detectó préstamos irregulares y envío de datos confidenciales de clientes
Los hechos salieron a la luz tras una auditoría interna realizada entre septiembre y noviembre de 2023. Según quedó acreditado, entre mayo y septiembre de ese mismo año la oficina concedió 16 préstamos personales por un importe total de 422.000 euros a particulares.
La clave del caso estaba en que estos clientes actuaban como personas interpuestas. Es decir, el dinero recibido se transfería posteriormente, en torno a 351.943 euros, como donación o aportación a una iglesia cristiana, que en la práctica se encargaba de pagar los recibos de esos préstamos. Vamos, que el caso no era menor.
¿Qué irregularidades se detectaron? La auditoría reflejó problemas relevantes en la tramitación de las operaciones, especialmente en las nóminas presentadas y en los datos introducidos en el sistema.
| Aspecto analizado | Hechos acreditados |
|---|---|
| Préstamos concedidos | 16 préstamos personales por 422.000 euros |
| Dinero destinado a la iglesia | 351.943 euros aproximadamente |
| Nóminas revisadas | En 12 de 14 préstamos no se ajustaban a la realidad |
| Correos enviados | Al menos 17 correos al apoderado de la iglesia |
| Clientes afectados | Información confidencial de 19 clientes |
Además, se constató que en varios casos no se incluyeron compromisos previos de pago, algunas nóminas tenían formatos coincidentes pese a proceder de empresas distintas y en determinadas operaciones ni siquiera se localizó la póliza contractual del préstamo.
El TSJ de Cataluña confirma que el despido disciplinario fue procedente
El trabajador impugnó el despido, pero el Juzgado de lo Social 16 de Barcelona desestimó su demanda. Después recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, alegando, entre otras cuestiones, que el sistema informático del banco actuaba de forma automatizada, que CaixaBank conocía antes los hechos y que los clientes habían autorizado compartir sus datos.
Sin embargo, el tribunal rechazó estos argumentos. En primer lugar, porque las modificaciones que pedía se apoyaban en pruebas testificales, que no sirven para alterar los hechos probados en esta fase del procedimiento. También recordó que la valoración de la prueba corresponde al juez de primera instancia.
La sala fue especialmente clara al valorar la conducta del empleado. Consideró grave aceptar nóminas dudosas y conceder préstamos irregulares, pero puso el foco en el envío de información confidencial al apoderado de la iglesia. ¿Por qué fue tan importante este punto? Porque el trabajador, como subdirector, conocía sus obligaciones de confidencialidad y rigor en la gestión bancaria.
Los principales argumentos del recurso fueron rechazados por el tribunal:
- No se apreció caducidad, ya que la auditoría concluyó el 28 de noviembre de 2023 y el despido se comunicó el 15 de enero de 2024.
- No se consideró desproporcionada la sanción, pese a la antigüedad del trabajador y la ausencia de antecedentes disciplinarios.
- No se aceptó que la falta de daño económico evitara el despido, aunque los préstamos se estuvieran pagando.
En consecuencia, el TSJ de Cataluña desestimó el recurso y confirmó la procedencia del despido disciplinario. La sentencia no era firme y contra ella cabía interponer recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.







