Este complemento no se concede de forma automática. Hay que revisar la fecha de jubilación, el tipo de pensión reconocida, el número de hijos y si la Seguridad Social ya aplicó algún complemento similar. La reclamación puede tener efectos económicos importantes, porque el antiguo complemento se calculaba como un porcentaje sobre la pensión. Además, los tribunales han reconocido el derecho de los hombres a solicitarlo cuando fueron excluidos por razón de sexo.
Qué es el antiguo complemento de maternidad
El antiguo complemento de maternidad se aprobó para pensiones contributivas causadas a partir de 2016. Su objetivo era compensar la aportación demográfica de las mujeres que habían tenido hijos. Sin embargo, el complemento quedó reservado inicialmente a mujeres pensionistas. Esa exclusión de los hombres fue considerada discriminatoria por la justicia europea, lo que abrió la puerta a reclamaciones de pensionistas varones que cumplían los requisitos pero no pudieron acceder a él.
Este complemento fue sustituido en 2021 por el actual complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, que tiene reglas distintas y puede solicitarse tanto por hombres como por mujeres si cumplen las condiciones exigidas.
Quién puede reclamarlo a la Seguridad Social
La reclamación afecta principalmente a hombres que accedieron a una pensión contributiva entre el 1 de enero de 2016 y la entrada en vigor del nuevo complemento de brecha de género en 2021. Para poder reclamar, deben cumplirse varios puntos:
- Haber accedido a una pensión contributiva en ese periodo.
- Haber tenido al menos dos hijos.
- No haber cobrado el antiguo complemento de maternidad.
- Solicitar el reconocimiento ante la Seguridad Social.
- Acreditar que se cumplen los requisitos exigidos para el complemento.
Aunque suele hablarse de jubilados, el antiguo complemento también podía afectar a otras pensiones contributivas reconocidas dentro de ese periodo, como viudedad o incapacidad permanente, siempre que se cumplieran los requisitos legales.
Cuánto aumentaba la pensión con el antiguo complemento
El antiguo complemento de maternidad no era una cantidad fija mensual. Se calculaba como un porcentaje sobre la pensión reconocida. El incremento dependía del número de hijos:
| Número de hijos | Incremento sobre la pensión |
|---|---|
| Dos hijos | 5% |
| Tres hijos | 10% |
| Cuatro o más hijos | 15% |
Por eso, no todos los pensionistas cobran la misma cantidad. El importe depende de la pensión inicial, del porcentaje aplicable y de la fecha desde la que se reconozcan los efectos económicos. En consecuencia, conviene evitar cifras generales como “hasta 12.000 euros” sin calcular cada caso. Los atrasos pueden ser relevantes, pero varían según la situación concreta del pensionista.
Por qué puede cobrarse con efectos retroactivos
Cuando la Seguridad Social reconoce el derecho al antiguo complemento, el pensionista puede reclamar cantidades que no cobró desde la fecha en la que debió aplicarse. La clave está en que los tribunales han reconocido que los hombres que cumplían los requisitos no podían quedar excluidos por razón de sexo. Además, el Tribunal Supremo ha confirmado que el derecho a reclamar este complemento no prescribe.
Esto significa que el paso del tiempo no impide por sí solo solicitarlo. Aun así, los efectos económicos concretos pueden depender de la resolución, de la fecha de reconocimiento de la pensión y de las circunstancias del expediente.
Qué diferencia hay con el complemento de brecha de género
El complemento de maternidad antiguo y el complemento de brecha de género actual no son exactamente lo mismo. El complemento antiguo se aplicaba mediante porcentajes sobre la pensión y exigía haber tenido al menos dos hijos. En cambio, el complemento de brecha de género funciona con una cuantía fija por hijo y puede reconocerse, con determinadas condiciones, a uno de los dos progenitores.
Además, el complemento actual no puede cobrarse por los dos progenitores al mismo tiempo por los mismos hijos. La regla general es que se reconozca a quien cumpla los requisitos y, en caso de concurrencia, a quien tenga la pensión más baja.
Por eso es importante no mezclar ambos complementos. Quien se jubiló antes del cambio normativo debe revisar si puede reclamar el antiguo. Quien accede ahora a la pensión debe comprobar si tiene derecho al complemento vigente de brecha de género.
Qué debe comprobar el pensionista antes de reclamar
Antes de presentar una reclamación ante la Seguridad Social, conviene reunir y revisar la información básica del expediente. El pensionista debería comprobar la fecha en la que accedió a la pensión, el tipo de pensión contributiva reconocida, el número de hijos y si en la resolución inicial aparece o no algún complemento vinculado a maternidad o brecha de género.
También es recomendable conservar la resolución de la pensión, el libro de familia o documentación equivalente, y cualquier comunicación previa de la Seguridad Social. Si el complemento no fue reconocido y se cumplen los requisitos, el siguiente paso es presentar la solicitud o reclamación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social para que revise el caso.







