El criterio judicial es claro: a los trabajadores fijos discontinuos les cuenta toda la duración de la relación laboral para calcular la antigüedad. Esto significa que los periodos sin llamamiento también suman y que el trienio por antigüedad debe abonarse íntegramente cada tres años, sin prorrateos por los meses efectivamente trabajados.
El Tribunal Supremo deja claro cómo se calcula la antigüedad de los fijos discontinuos
La duda es habitual: ¿los meses de inactividad cuentan o no? Sí. El Supremo ya determinó en 2024 que la antigüedad no se calcula solo por el tiempo realmente trabajado, sino por la duración total del vínculo laboral. De hecho, si en los últimos seis años un fijo discontinuo solo ha trabajado seis meses, su antigüedad será de seis años y le corresponderán dos trienios. Ojo, la discontinuidad no borra el tiempo acumulado.
Estos son los datos básicos del caso que ha vuelto a llevar esta cuestión a los tribunales:
| Dato clave | Información |
|---|---|
| Trabajadora | Profesora de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Galicia |
| Contrato | Fija discontinua desde 1999 |
| Periodo reclamado | De octubre de 2019 a septiembre de 2024 |
| Cantidad reconocida | 7.867,26 euros más intereses |
Con esta base, la Justicia vuelve a reforzar que la antigüedad computa desde el inicio de la relación laboral y no solo desde los periodos de actividad efectiva.
La Justicia obliga a la Junta de Galicia a pagar los trienios completos reclamados
El Juzgado de lo Social número 1 de Lugo reconoció a la trabajadora el derecho a percibir el 100% del valor de los trienios consolidados. Por ello, condenó a la Junta a pagarle 7.867,26 euros en concepto de diferencias del complemento de antigüedad generadas entre octubre de 2019 y septiembre de 2024, más intereses.
La Junta recurrió en suplicación, pero el TSJ de Galicia desestimó sus pretensiones y confirmó la sentencia de instancia. Lo hizo apoyándose en la jurisprudencia anterior del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La resolución recuerda que “la doctrina del Tribunal Supremo y del TJUE ha establecido que, en los contratos fijos discontinuos, la antigüedad se computa desde el inicio de la relación laboral, comprendiendo los periodos de inactividad entre llamamientos, a efectos de trienios y promoción”.
Qué cambia para los trabajadores fijos discontinuos que no cobran en inactividad
Entonces, ¿qué efecto práctico tiene esta decisión? En resumen, deja tres ideas muy claras:
- Los periodos de inactividad sí cuentan para calcular la antigüedad.
- El trienio nace por cada tres años de vigencia del vínculo laboral.
- La jornada parcial reduce por porcentaje de jornada, no por la discontinuidad.
Por tanto, no pagar el trienio completo supondría una “doble discriminación” para estos trabajadores, ya que en los periodos de inactividad no cobran salario. En otras palabras, si el vínculo sigue vivo, la antigüedad también.
El pronunciamiento consolida una línea jurisprudencial que refuerza la protección de los fijos discontinuos y reabre el debate sobre la igualdad de trato en el empleo. La evolución de estas decisiones se sigue también en nuestra sección de actualidad y derecho laboral, donde analizamos otros fallos judiciales, interpretaciones legales y conflictos entre trabajadores y empresas.







