La publicación de la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, ha provocado un cambio de calado en las nóminas de 2026. Aunque la norma entró en vigor el 1 de abril, sus efectos se remontan al 1 de enero, por lo que todo el primer trimestre se ha gestionado sin conocer las reglas definitivas de cotización.
Qué cambia con la orden de cotización de 2026 para empresas y trabajadores
La consecuencia más inmediata afecta a las cotizaciones de enero y febrero, que ya habían sido abonadas. Según el Consejo General de Graduados Sociales de España, estas tendrán que corregirse. La Seguridad Social, eso sí, se ha comprometido a regularizarlas de oficio, tal y como ha comunicado en el Boletín RED 2026/05.
¿Dónde está entonces el problema? En marzo. Las cotizaciones de ese mes, que deben pagarse en abril, se quedan fuera de esa regularización automática. Por tanto, los despachos y las empresas tendrán que adaptarse en cuestión de días a la nueva norma y sin apenas margen.
La situación, hablando claro, llega en el peor momento posible. Coincide con el cierre de nóminas y también con los cierres fiscales de muchas sociedades.
A continuación, así queda el escenario descrito en la información facilitada:
| Mes afectado | Situación |
|---|---|
| Enero y febrero de 2026 | Cotizaciones ya abonadas que deberán corregirse |
| Marzo de 2026 | Queda fuera de la regularización automática |
| Abril de 2026 | Mes en el que deben pagarse las cotizaciones de marzo |
Este cambio no solo afecta a la gestión interna de las empresas. También alcanza de lleno a los trabajadores, que no tendrán sus nóminas actualizadas mientras se rehacen los cálculos.
Por qué las empresas tendrán que rehacer nóminas tras la publicación del BOE
El presidente del Consejo General de Graduados Sociales de España, Joaquín Merchán, ha trasladado su malestar a la Seguridad Social con una crítica directa: «Publicar esta Orden a finales de marzo, con efectos desde el 1 de enero, no es admisible. Los graduados sociales han tenido que trabajar durante todo el trimestre sin la información que necesitaban para hacer bien su trabajo».
La reclamación va más allá del trabajo administrativo. Merchán insiste en que “las empresas y las personas trabajadoras tienen derecho a tener seguridad jurídica, a saber lo que van a cobrar y cotizar desde el 1 de enero. Esto es lo que pedimos y exigimos”.
¿La consecuencia práctica? Una liquidación complementaria y la necesidad de rehacer nóminas en tiempo récord. Según se advierte, esto supone un caos para pymes, empresas y trabajadores.
Además, no es la primera vez que ocurre algo parecido. El propio Consejo recuerda esta secuencia:
- La orden correspondiente a 2022 se publicó el 31 de enero de 2023.
- La de 2023 llegó el 28 de marzo de 2024.
- La de 2024 se publicó el 26 de febrero de 2025.
- La de 2025 ha terminado publicándose el 31 de marzo de 2026, tres meses después de empezar el año.
En consecuencia, el problema vuelve a repetirse: normas con efectos retroactivos, correcciones sobre cotizaciones ya hechas y nóminas que deben rehacerse a toda prisa. Y claro, eso no es precisamente una buena noticia para nadie.
La reiteración de cambios con efectos retroactivos vuelve a poner en cuestión la previsibilidad del sistema y la seguridad jurídica en materia laboral. Las novedades sobre este tema se recogen también en nuestra sección de actualidad laboral, donde te informamos sobre otras medidas, cambios normativos y decisiones que afectan a trabajadores y empresas.







