Despedido de Correos por quedarse con 37,60 euros del cambio de una clienta que envío dos cartas certificadas

Logo autor infoemplea2.com
Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 17 de mayo de 2026 a las 16:42
Síguenos
Empleado de Correos cargando paquetes en una furgoneta tras conocerse el despido por quedarse con dinero del cambio de una clienta
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria confirma el despido disciplinario de un trabajador de Correos que no devolvió el cambio a una clienta tras pagar dos cartas certificadas. El empleado negó los hechos y denunció acoso laboral, pero los tribunales dieron la razón a la empresa.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha confirmado el despido disciplinario de un empleado de Correos acusado de quedarse con 37,60 euros del cambio de una clienta. La mujer había pagado con un billete de 50 euros el envío de dos cartas certificadas, cuyo coste era de 12,40 euros, pero nunca recibió el dinero restante.

El cambio de 37,60 euros que acabó en un despido disciplinario

Los hechos ocurrieron el 31 de julio de 2024, a las 13:47 horas, en una oficina de Correos. Una clienta acudió al puesto de atención para enviar dos cartas certificadas y entregó al trabajador un billete de 50 euros.

Según recoge la sentencia, el empleado guardó el billete en un cajón situado a su derecha, pero no devolvió los 37,60 euros de cambio. ¿Qué hizo entonces la clienta? Presentó una reclamación ante Correos e incluso interpuso una denuncia ante la Policía Nacional.

Al finalizar la jornada, como es habitual, se realizó el recuento de caja. Cada empleado empieza el día con 100 euros y cualquier diferencia debe comunicarse antes del cierre. Sin embargo, el trabajador no informó de ningún descuadre.

Dato claveInformación del caso
Fecha de los hechos31 de julio de 2024
Servicio contratadoDos cartas certificadas
Importe del servicio12,40 euros
Pago realizadoBillete de 50 euros
Cambio no devuelto37,60 euros
Sentencia del TSJ299/2026

Este punto fue decisivo para Correos, ya que si el trabajador hubiese cobrado los 50 euros sin quedarse con el dinero, en la caja debería haber aparecido un sobrante de 37,60 euros. Pero ese exceso no fue comunicado.

Las pruebas que llevaron a Correos a despedir al trabajador

Tras conocer la queja de la clienta, Correos revisó el recuento de cajas de ese día y también las cámaras de seguridad. En las imágenes, la empresa observó que el empleado, después de recibir el billete y guardarlo en otro cajón, abrió ese mismo cajón y se guardó algo en el bolsillo del pantalón.

Con estos hechos sobre la mesa, Correos abrió un expediente disciplinario y terminó entregándole la carta de despido. La empresa entendió que la conducta constituía una falta muy grave por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza. Vamos, que para Correos la confianza quedó rota.

Los elementos valorados durante el procedimiento fueron los siguientes:

  1. La reclamación presentada por la clienta tras no recibir el cambio.
  2. Las imágenes de videovigilancia revisadas por Correos.
  3. El recuento de caja sin comunicación de sobrante.
  4. Las declaraciones testificales practicadas durante el juicio.

El trabajador negó haberse apropiado del dinero. También sostuvo que las cámaras no demostraban de forma clara ninguna apropiación y aseguró que estaba siendo víctima de acoso laboral dentro de la empresa.

Por qué el TSJ confirma el despido pese a la cantidad reducida

El Juzgado de lo Social de Santander fue el primero en rechazar la demanda del trabajador. Consideró probado que la clienta entregó el billete de 50 euros, que el cambio no fue devuelto y que tampoco apareció reflejado ningún sobrante en el recuento de caja.

Después, el empleado recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, insistiendo en que no existían pruebas concluyentes y denunciando de nuevo acoso laboral. Pero el TSJ rechazó todos sus argumentos.

El tribunal entiende que había pruebas suficientes para acreditar una ruptura de la confianza entre la empresa y el trabajador. Aunque admite que la cantidad era reducida, señala que lo relevante no era tanto el importe, sino el hecho de que el empleado manejaba fondos de clientes y ocultó una actuación que la empresa difícilmente podía detectar de forma inmediata.

Por todo ello, el TSJ confirmó el despido disciplinario al considerar que existió una transgresión de la buena fe contractual prevista en el Estatuto de los Trabajadores.

Logo autor infoemplea2.com

Israel Garcia

Israel García Ramírez es redactor especializado en ayudas, pensiones y Seguridad Social. En Infoemplea2 cubre contenidos sobre SEPE, paro, subsidios, Ingreso Mínimo Vital, jubilación, pensiones, incapacidad permanente y requisitos para acceder a prestaciones públicas.

Deja un comentario