Buenas noticias para mayores y personas con discapacidad: el Imserso lanza nuevas ayudas para fomentar la autonomía

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 28 de junio de 2026 a las 08:29
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Persona mayor contando billetes de euro en su vivienda mientras revisa sus gastos económicos
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales publica una nueva convocatoria de subvenciones para residentes en Ceuta y Melilla durante 2026. La ayuda busca facilitar la movilidad, la comunicación y la autonomía personal de personas mayores, con discapacidad o en situación de dependencia.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la resolución del Imserso por la que se convocan estas ayudas, dotadas con un presupuesto total de 1.217.922,60 euros. ¿Quién puede pedirlas? La convocatoria está dirigida tanto a personas beneficiarias como a entidades y organizaciones no gubernamentales que trabajen con estos colectivos.

Quién puede pedir la ayuda del Imserso este año

La subvención está pensada para personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia que estén empadronadas en Ceuta o Melilla. Su finalidad es apoyar medidas relacionadas con la movilidad, la comunicación y la autonomía personal.

Además, también podrán optar a estas ayudas las entidades y organizaciones no gubernamentales especializadas en la atención a personas mayores y personas con discapacidad, siempre que su ámbito de actuación esté en estas dos ciudades autónomas.

Estos son los datos principales de la convocatoria:

Dato claveInformación de la convocatoria
Organismo convocanteImserso
Presupuesto total1.217.922,60 euros
Ámbito territorialCeuta y Melilla
Año de la convocatoria2026

El BOE no concreta la cuantía que recibirá cada beneficiario, aunque sí recoge el importe total disponible para esta convocatoria, que supera los 1,2 millones de euros.

Requisitos para solicitar la subvención dirigida a mayores y personas con discapacidad

El Imserso establece requisitos comunes y específicos. En el caso de las personas solicitantes, se exige tener la condición de persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social.

Además, deberán cumplirse estas condiciones según el perfil del solicitante:

  • Tener 65 años o más, en el caso de personas mayores.
  • Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, si se solicita por discapacidad.
  • Estar en situación de dependencia y contar con una valoración que permita determinar la ayuda necesaria.
  • Estar empadronado en Ceuta o Melilla.
  • En el caso de entidades, tener domicilio en estas ciudades, estar legalmente constituidas, inscritas en el registro administrativo, no tener ánimo de lucro y dedicarse a la atención de mayores y personas con discapacidad.

En los casos de dependencia, se valorará en qué medida la persona necesita apoyo, por ejemplo, para adaptar su vivienda o adquirir materiales de apoyo. Vamos, que no se trata solo de cumplir una edad o tener una condición reconocida, sino de acreditar la necesidad vinculada a la ayuda.

Plazo para presentar la solicitud y fecha límite fijada por el BOE

El plazo de presentación será de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOE. Como la publicación se produjo el 3 de junio, el plazo comienza el 4 de junio.

¿Hasta cuándo hay margen? Según el cómputo previsto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los plazos fijados por meses terminan el mismo día en que se produjo la publicación en el mes de vencimiento. Por tanto, la fecha límite sería el 3 de julio de 2026.

Toda la información y los requisitos de esta convocatoria se podrán consultar en la web del Gobierno de España, dentro del apartado correspondiente a subvenciones.

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Israel Garcia

Israel García Ramírez es redactor especializado en ayudas, pensiones y Seguridad Social. En Infoemplea2 cubre contenidos sobre SEPE, paro, subsidios, Ingreso Mínimo Vital, jubilación, pensiones, incapacidad permanente y requisitos para acceder a prestaciones públicas.

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