Una empresa de catering aéreo fija sueldos de hasta 1.572 euros en 14 pagas y confirma una subida del 3 % para 2027

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Fecha de publicación: 28 de octubre de 2026
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Avión de British Airways junto a un vehículo de catering de DO & CO en un aeropuerto, empresa cuyo convenio fija nuevos salarios en Madrid.

El convenio de DO & CO se aplica a los centros de la empresa en Madrid. Sus tablas permiten comprobar las nóminas de 2026 y el próximo incremento.

El convenio de DO & CO Restauración España publicado el 17 de octubre de 2026 fija las tablas salariales para sus centros madrileños. El salario base mensual oscila entre 1.240,94 y 1.572,84 euros en 2026, distribuido en catorce pagas. Las cantidades de 2027 incorporan un aumento garantizado del 3%. La publicación permite contrastar el nivel reconocido en la nómina y distinguir esa subida de los complementos y regularizaciones previstos para ejercicios anteriores.

El sueldo base de DO & CO depende del nivel y se abona en catorce pagas

El nivel I tiene un salario base de 1.572,84 euros al mes en 2026, mientras el nivel VI figura con 1.240,94 euros. Entre ambos aparecen cuatro escalones de 1.442,95, 1.370,82, 1.334,74 y 1.298,66 euros. Al multiplicar por catorce, los extremos equivalen a 22.019,76 y 17.373,16 euros brutos anuales de salario base. Faltaría añadir los complementos que procedan en cada caso. Las pagas extraordinarias tienen su propia regulación: este convenio programa su abono para el 15 de junio y el 15 de diciembre.

Cada paga extraordinaria toma como referencia el salario base mensual percibido en su fecha de cobro. Para determinados complementos personales anteriores, se mantiene el tratamiento que ya se venía aplicando. Quien ingrese o cese durante el año percibe la parte proporcional correspondiente. Estas reglas impiden equiparar sin más el salario base con el importe final ingresado en el banco. También obligan a separar las cantidades anuales de los pagos mensuales. Las cifras publicadas corresponden a la jornada ordinaria y deben relacionarse con las condiciones del contrato.

El aumento garantizado del 3% eleva el nivel superior a 1.620,03 euros

La tabla de 2027 sitúa el nivel I en 1.620,03 euros mensuales y el nivel VI en 1.278,17 euros. En catorce pagas, representan 22.680,42 y 17.894,38 euros brutos anuales de salario base. Frente a 2026, las diferencias anuales son 660,66 y 521,22 euros, respectivamente. Los importes intermedios alcanzan 1.486,24, 1.411,94, 1.374,78 y 1.337,62 euros mensuales. El documento identifica esas cantidades como resultado de aplicar el 3% garantizado. El cálculo corresponde a las tablas, sin prometer una subida idéntica sobre todos los conceptos individuales.

La disposición adicional tercera enumera los conceptos afectados por los incrementos pactados. Incluye salario base, libranza discontinua, rotaciones inferiores a una semana, determinados pluses de transporte y lavado de ropa. También recoge flexibilidad, nocturnidad y el complemento de especialidad vinculado a la ausencia de golpes. En cambio, la denominada Paga 1 del convenio 08-09 conserva su importe para quienes cumplan sus requisitos históricos. Sobre esa paga no se aplican las actualizaciones del nuevo acuerdo. La distinción resulta relevante para empleados con conceptos personales anteriores al convenio actual.

Los turnos nocturnos y ciertos cambios de descanso generan complementos propios

Las horas comprendidas entre las diez de la noche y las seis de la mañana tienen consideración nocturna. En 2026, las cantidades por hora van desde 2,22 euros en el nivel VI hasta 3,19 euros en el I. La tabla de 2027 eleva esos extremos a 2,29 y 3,29 euros. Además, la nómina de febrero incorpora la media de nocturnidad del año anterior correspondiente a vacaciones. El trabajo nocturno tiene reglas específicas, pero las cuantías de esta empresa deben consultarse en su propio convenio.

Los pluses por libranza discontinua y rotación inferior a una semana figuran en 30,71 euros semanales para 2026. Ambos pasan a 31,63 euros en la tabla de 2027. Su cobro exige las circunstancias descritas en cada apartado y no nace por cualquier modificación del cuadrante. Por ejemplo, los cambios acordados entre trabajadores y autorizados por el responsable no generan esos complementos. La jornada ordinaria tiene un máximo anual de 1.800 horas. Las pausas y la distribución de turnos deben leerse junto a ese límite.

El bonus de 2025 y los atrasos de 2026 tienen reglas diferentes

El acuerdo contempló una paga única denominada Bonus 2025 para determinados trabajadores, incluyendo a quienes se jubilaron durante aquel ejercicio. Su cálculo aplica un 4% a los conceptos fijos expresamente enumerados y efectivamente devengados durante 2025. Debe ajustarse al tiempo y la jornada trabajados, con las condiciones y exclusiones del texto. Además, admite compensación con cantidades salariales absorbibles ya percibidas. Por ello, puede corresponder únicamente una diferencia o no resultar importe adicional. No constituye una paga universal del 4% sobre cualquier retribución.

El convenio fijó el abono de ese bonus y los atrasos de 2026 junto a la nómina de septiembre de 2026. Esa fecha precede a su publicación, de modo que no se anuncia un nuevo pago para noviembre. El texto tampoco acredita si cada empleado ya recibió la regularización. El convenio oficial del BOCM permite contrastar los recibos y las condiciones aplicables. Su ámbito comprende los centros madrileños de DO & CO Restauración España, identificado entonces con La Muñoza, y tiene vigencia hasta diciembre de 2027.

Redacción Infoemplea2

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