Cómo cotizar sin tener que trabajar según la Seguridad Social

En España, la posibilidad de cotizar a la Seguridad Social sin estar trabajando se ha convertido en una valiosa herramienta para quienes desean asegurar o mejorar su futura pensión de jubilación. Este mecanismo, conocido como convenio especial, permite a los ciudadanos mantener o incrementar sus cotizaciones, incluso en periodos de inactividad laboral. Este convenio especial es un acuerdo voluntario entre el interesado y la Tesorería General de la Seguridad Social. A través de este acuerdo, el individuo asume el pago de sus propias cotizaciones mensuales, sin necesidad de estar trabajando. Este sistema está diseñado para cubrir situaciones en las que una persona deja de trabajar, pero desea continuar cotizando para no perder derechos adquiridos o para mejorar su futura pensión.

Cómo acceder al convenio especial

Para acceder a un convenio especial, es necesario haber cotizado al menos 1.080 días en los 12 años inmediatamente anteriores a la baja en el régimen de la Seguridad Social correspondiente. Además, deben encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • Haber cesado en el trabajo por cuenta ajena o propia y no estar de alta en ningún régimen de la Seguridad Social ni ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente. 
  • Ser trabajador por cuenta ajena con contrato indefinido o autónomo que, estando dado de alta, tenga 65 años o más y acredite al menos 35 años de cotización efectiva, quedando exento de la obligación de cotizar.
  • Estar en situación de pluriempleo o pluriactividad y cesar en alguna de las actividades.

El importe a pagar en el convenio especial depende de la base de cotización que se elija. Por ejemplo, para una base de cotización de 2.000 euros, la cuota mensual aproximada sería de 532,04 euros. Este pago permite que los años abonados cuenten como cotizados a efectos de calcular la pensión de jubilación.

Es importante destacar que el convenio especial también cubre otras prestaciones, como la incapacidad permanente, el fallecimiento y la supervivencia derivadas de enfermedad común o accidente no laboral. Sin embargo, no cubre contingencias profesionales ni prestaciones por desempleo. En caso de que el beneficiario del convenio especial encuentre un nuevo empleo, el acuerdo puede suspenderse o extinguirse, dependiendo de las circunstancias. Si la nueva actividad tiene una base de cotización inferior a la del convenio, este se suspende y puede volver a reanudarse al finalizar la actividad. Si la base es igual o superior, el convenio se extingue y, en caso de cesar en el nuevo empleo, se deberá valorar la posibilidad de suscribir un nuevo convenio.

Una herramienta muy útil para quienes estando a punto de jubilarse, se quedan en paro

Además, es posible compatibilizar el convenio especial con el subsidio para mayores de 52 años, una ayuda que cotiza para la jubilación por el 125% de la base mínima vigente. Esta combinación permite mejorar las bases de cotización y, por ende, la cuantía de la futura pensión.

En resumen: el convenio especial de la Seguridad Social ofrece una vía para que las personas que han cesado en su actividad laboral puedan continuar cotizando y asegurar así una pensión de jubilación más favorable. Es una opción especialmente útil para quienes se encuentran cerca de la edad de jubilación y desean completar los años de cotización necesarios o mejorar su base reguladora.

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