Adiós a la incapacidad permanente: el INSS cambia las reglas

Las revisiones médicas se intensifican y se introduce un aumento del 20% para mayores de 55 años que no puedan reincorporarse al empleo, además de la revalorización del 2,8% en las pensiones por incapacidad permanente.

Los últimos cambios anunciados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) han generado una gran expectación entre las personas que reciben una pensión por incapacidad permanente. Los mayores de 55 años sin posibilidad de trabajar podrían beneficiarse de un incremento especial del 20%, siempre que cumplan los requisitos exigidos. Además, la revalorización general del 2,8% promete mejorar el poder adquisitivo de los pensionistas. ¿Te interesa conocer los pasos clave para no quedarte atrás? A continuación, repasamos todos los detalles.

Nuevas revisiones médicas del INSS para la incapacidad permanente

El Tribunal Médico del INSS ha aclarado que, para mantener una pensión de incapacidad permanente, no basta con el reconocimiento inicial. De hecho, es imprescindible someterse a revisiones periódicas que confirmen la vigencia de la dolencia. Si se detecta una mejora significativa o un desempeño laboral incompatible, es posible perder o ver reducido el importe de la prestación. Esto quiere decir que los controles médicos se han intensificado para asegurar que quienes reciben la ayuda la necesiten realmente.

Por otro lado, las modificaciones previstas en 2025 se centran en quienes cumplan 55 años y no puedan reincorporarse al mercado laboral. A estos beneficiarios se les aplicará una subida adicional que eleva su prestación del 55% al 75% de la base reguladora. Sin embargo, conviene recordar que este aumento dejará de aplicarse si la persona encuentra trabajo.

Incremento del 20% y subida general del 2,8%: aspectos clave para los mayores de 55 años

Uno de los grandes atractivos de la nueva normativa reside en la llamada “incapacidad permanente total cualificada”, que permite a ciertos pensionistas recibir un 20% adicional. Su objetivo es proteger a quienes, por su edad y circunstancias médicas, tienen menos probabilidades de volver a ejercer su profesión habitual.

¿A qué se debe la subida del 2,8%? Se trata de la revalorización general prevista para 2025, aplicable a todas las prestaciones contributivas de incapacidad permanente. Con este ajuste, el INSS busca mantener el poder adquisitivo de quienes no pueden trabajar. Ojo con los plazos: si el beneficiario no está al día en sus revisiones, podría perder la oportunidad de acceder a estas mejoras.

A continuación, se presenta una tabla con los principales grados de incapacidad y su compatibilidad laboral:

Grado de IncapacidadDescripción y Compatibilidad
Permanente TotalImpide la profesión habitual, aunque permite trabajar en otros sectores
Permanente Total CualificadaAumento del 20% para mayores de 55 años, sin posibilidad de compatibilizar el empleo
Permanente AbsolutaInhabilita para cualquier tipo de trabajo
Gran InvalidezRequiere ayuda de terceros para actividades básicas de la vida diaria

Como se ve, la incapacidad permanente total cualificada incluye un suplemento que incrementa el importe de la pensión para mayores de 55 años. Eso sí, si el beneficiario encuentra un empleo, la prestación se recalcularía nuevamente al 55% de la base reguladora.

Trámites y documentos necesarios para solicitar la incapacidad permanente total cualificada

¿Quiénes pueden acceder a la modalidad cualificada? Principalmente, los mayores de 55 años en situación de desempleo que no estén en condiciones de retomar su profesión habitual. Para solicitar este aumento, se debe recopilar documentación médica actualizada y rellenar el formulario específico del INSS, disponible tanto de manera presencial como online.

Antes de presentar la solicitud, conviene revisar la siguiente lista de comprobación:

  • DNI o NIE en vigor.
  • Informes clínicos más recientes.
  • Vida laboral que refleje la situación de desempleo.
  • Certificado que confirme la imposibilidad de desempeñar el trabajo habitual.

Tras presentar toda la documentación, el INSS notificará la resolución. Es fundamental consultar con frecuencia el buzón de notificaciones para no perder ninguna comunicación.

Razones por las que las revisiones médicas serán decisivas para conservar la pensión

El INSS establece que, además de la documentación, el resultado de las revisiones periódicas es decisivo para mantener el derecho a la incapacidad permanente. ¿Te suena familiar la típica cita con el Tribunal Médico? En estas convocatorias, se comprueba que el beneficiario continúa cumpliendo con los requisitos. Si se detecta alguna actividad laboral incompatible o una mejora sustancial de la salud, la pensión podría reducirse o incluso extinguirse.

Por consiguiente, es recomendable acudir siempre a las revisiones con informes clínicos que avalen la situación actual. De esta forma, se evitan sobresaltos y, sobre todo, se mantiene el suplemento del 20% si la persona cumple los criterios.

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