La sentencia 1741/2024 obliga a las empresas con cuadrantes rotativos a garantizar que los trabajadores disfruten de sus días festivos además de los descansos ordinarios.
El Tribunal Supremo acaba de cerrar la puerta a una práctica cada vez más extendida: colocar los descansos semanales variables justo en los festivos para ahorrar jornadas libres. Con su resolución 1741/2024, dictada tras el recurso de los sindicatos CGT y USO contra la ‘call center’ Sitel Ibérica, el Alto Tribunal zanja el debate y recuerda que el artículo 40.2 de la Constitución protege el descanso efectivo de la plantilla, incluidos los días de fiesta nacional, autonómica o local.
Qué supone para los trabajadores que el descanso ya no pueda solaparse con los festivos
¿Eres de los que nunca libran en Navidad, pero tampoco reciben un día a cambio? Con la nueva doctrina, eso se acabó. El Supremo indica que los festivos tienen un “tratamiento autónomo” y no pueden computarse como descanso semanal. De ahí que:
- Si tu empresa te hacía coincidir el festivo con tu día libre, deberá compensarte con otro descanso o abonarte la jornada conforme marque el convenio.
- Los contratos que incluyen disponibilidad de lunes a domingo, incluso festivos, ganan protección: no podrán perder jornadas libres por este motivo.
- El criterio es de aplicación inmediata, sin necesidad de esperar a cambios legislativos, porque emana de jurisprudencia del propio Supremo.
Cómo y cuándo reclamar si tu empresa sigue colocando tus descansos en las fiestas oficiales
La sentencia no se queda en la teoría. En caso de incumplimiento, puedes iniciar los siguientes pasos:
- Reúne tu cuadrante de los últimos 12 meses.
- Señala los festivos que te hayan hecho coincidir con descansos semanales.
- Solicita por escrito a la empresa la compensación (día libre o pago).
- Acude a la representación sindical o a la Inspección de Trabajo si no hay respuesta en 20 días.
- Interpone demanda en el juzgado de lo Social si persiste la negativa.
El plazo para reclamar diferencias salariales es de un año, así que no lo dejes para mañana.
Documentación necesaria y pasos online y presenciales para exigir el respeto a tu descanso semanal
Para formalizar la reclamación necesitarás:
- Copia de tu contrato y del convenio colectivo aplicable.
- Históricos de cuadrantes y nóminas.
- Pruebas de la solicitud previa a la empresa (correo certificado o registro interno).
Luego, vas a poder presentarla a través de alguna de las siguientes modalidades:
Tramitación online:
La mayoría de comunidades autónomas permite presentar denuncias ante la Inspección de Trabajo a través de su sede electrónica con certificado digital o Cl@ve. Solo tienes que adjuntar la documentación escaneada y completar un formulario sencillo.
Tramitación presencial:
También puedes acudir a la oficina de Registro General de la Administración o al SMAC para solicitar un acto de conciliación previo a la vía judicial.
Sanciones y compensaciones que las empresas podrían enfrentar tras la sentencia 1741/2024 del Supremo
Antes de entrar en el juzgado, conviene conocer las consecuencias económicas de mantener la práctica declarada ilícita.
Incumplimiento detectado | Sanción prevista (Ley sobre Infracciones y Sanciones) | Posible indemnización al trabajador |
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Festivo encubierto como descanso sin compensar | Falta grave: hasta 7.500 € | Pago del festivo + recargo del 10 % |
Reincidencia en 12 meses | Falta muy grave: hasta 225.018 € | Recargo del 20 % y daños morales |
Negativa a entregar cuadrantes | Falta leve: hasta 750 € | Multa coercitiva diaria |
Como ves, el impacto no es menor. Por ello, muchas empresas ya han empezado a rehacer sus calendarios laborales.
En definitiva, el Supremo recuerda que el descanso es un pilar básico de la salud laboral. Fijar los festivos como si fueran días libres ordinarios vulnera ese derecho y deja sin efecto el propósito de la normativa. De ahora en adelante, las compañías con turnos rotativos deberán rediseñar sus cuadrantes o afrontar sanciones y reclamaciones colectivas. ¿A qué esperas para revisar el tuyo?