Los bares, restaurantes y demás empresas del sector de la hostelería ya cuentan con un nuevo trámite que deben respetar antes de ejecutar un despido disciplinario. La modificación del VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de la Hostelería, firmada el pasado 13 de abril por FeSMC-UGT, CCOO Servicios, Hostelería de España y CEHAT, incorpora la audiencia previa como garantía para los trabajadores.
Cómo funciona la audiencia previa antes del despido disciplinario en hostelería
La principal novedad es que, antes de comunicar un despido disciplinario, la empresa debe informar al trabajador de los hechos que se le imputan. Es decir, no basta con entregar una carta de despido sin más: antes debe abrirse un espacio para que la persona afectada pueda defenderse.
¿Y qué puede hacer el trabajador en ese momento? Puede presentar alegaciones, aportar pruebas, proponer testigos o justificar su actuación. Dicho de forma sencilla, tiene derecho a contar su versión antes de que la empresa tome la decisión definitiva.
Este trámite solo se aplica a los despidos disciplinarios, relacionados con la conducta o el rendimiento del empleado. No afecta a los despidos objetivos ni a los colectivos. Además, la audiencia previa no garantiza que el despido se frene, pero sí obliga a la empresa a valorar la defensa del trabajador.
Antes de celebrar la audiencia, la empresa debe dejar claro qué normas internas considera vulneradas. Después, el empleado contará con un plazo aproximado de 48 o 72 horas para preparar su respuesta y reunir la documentación que considere necesaria.
El proceso puede resumirse así:
- Comunicación por escrito de los hechos imputados y de las normas supuestamente incumplidas.
- Plazo para que el trabajador prepare su defensa y recabe pruebas.
- Celebración de la audiencia, presencial u online, con posibilidad de acudir asistido.
- Elaboración de un acta con lo ocurrido y la documentación aportada.
Tras este procedimiento, la empresa podrá decidir si mantiene el despido, lo archiva o aplica una sanción, si corresponde.
Qué ocurre si bares y restaurantes no respetan este nuevo trámite
La audiencia previa se convierte en una garantía importante porque permite que la versión del trabajador sea escuchada antes del cese. Según la información aportada, esta medida busca evitar la arbitrariedad empresarial y asegurar una defensa efectiva.
| Situación | Consecuencia para la empresa |
|---|---|
| Se respeta la audiencia previa | La empresa puede continuar el procedimiento tras escuchar al trabajador |
| No se respeta la audiencia previa | El despido puede ser declarado improcedente |
| El trabajador aporta pruebas o alegaciones | La empresa debe valorarlas antes de decidir |
Por lo tanto, si la empresa se salta este paso, se expone a que el despido sea considerado improcedente, con las consecuencias económicas que ello puede implicar.
Por qué esta modificación del ALEH refuerza los derechos laborales del sector
Hasta ahora, la audiencia previa no aparecía como una obligación explícita en el acuerdo vigente desde 2023. Solo se aplicaba por criterio judicial del Tribunal Supremo desde 2024, de modo que muchas empresas podían omitirla y el trabajador tenía que reclamar después en juicio.
Con la reactivación del ALEH, tras más de dos años de bloqueo y coincidiendo con el 30 aniversario del convenio estatal de Hostelería, sindicatos y patronales incorporan este trámite al marco laboral del sector. En la práctica, esto supone más seguridad jurídica para empleados y empresas. Y, claro, para el trabajador no es poca cosa: antes de perder su empleo, al menos debe poder explicarse.







