La Seguridad Social abonará complementos por mínimos a las pensiones contributivas que estén por debajo de la cuantía mínima fijada para cada modalidad. Eso sí, este complemento no se mantiene igual para siempre, ya que es absorbible, no tiene carácter consolidable y se revisa cada año.
Quién puede cobrar el complemento por mínimos de las pensiones contributivas en 2026
El complemento por mínimos está dirigido a pensionistas que tienen reconocida una pensión contributiva, pero cobran una cantidad inferior a la mínima que corresponde según su situación personal y el tipo de prestación.
¿Afecta solo a quienes cobran una pensión de jubilación? No. Según la Ley General de la Seguridad Social, pueden acceder a este complemento los beneficiarios de pensiones contributivas del sistema, entre ellas las de jubilación, viudedad e incapacidad permanente.
Ahora bien, no basta con tener una pensión baja. La Seguridad Social también tiene en cuenta los ingresos del pensionista. En concreto, revisa rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas, de atribución de rentas o ganancias patrimoniales. Vamos, que el organismo mira el conjunto de ingresos antes de reconocer esta ayuda.
Qué límite de ingresos aplica la Seguridad Social para reconocer esta ayuda
Para 2026, y con los Presupuestos Generales del Estado prorrogados desde 2023, el Gobierno actualiza los límites con el objetivo de evitar que las cuantías queden desfasadas.
La Seguridad Social indica que el complemento se reconocerá cuando la suma anual de rendimientos y pensión sea inferior a 9.442 euros más la cuantía mínima anual de la pensión correspondiente.
| Concepto | Dato indicado |
|---|---|
| Límite general de rendimientos en 2026 | 9.442 euros anuales |
| Complemento reconocido | Diferencia hasta alcanzar la cuantía mínima |
| Revisión | Anual |
| Importe máximo mensual en 2026 | 628,80 euros |
Por tanto, cada caso dependerá de la pensión reconocida, de la cuantía mínima que corresponda y de los ingresos que tenga la persona beneficiaria.
Por qué este complemento puede cambiar o desaparecer de un año a otro
La cuantía del complemento puede variar cada ejercicio porque no es consolidable. Además, es absorbible con cualquier incremento futuro que puedan experimentar los ingresos del interesado.
Esto quiere decir que, si la pensión u otras percepciones suben, el complemento puede reducirse o incluso desaparecer. De ahí que la Seguridad Social revise estos importes cada año.
Estos son los puntos clave que deben tener en cuenta los pensionistas:
- Se aplica a pensiones contributivas por debajo de la mínima.
- Puede beneficiar a jubilados, viudos y pensionistas de incapacidad permanente.
- Está condicionado a no superar los límites de ingresos.
- No es consolidable y puede ser absorbido por futuras subidas.
- No puede superar la cuantía fijada para las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez.
En consecuencia, conviene revisar cada año la situación económica, ya que un cambio en los ingresos puede modificar el derecho a seguir cobrando el complemento.
Cuántas pensiones reciben ya el complemento por mínimos de la Seguridad Social
Los datos de marzo reflejan que 2,1 millones de pensiones cobraron el complemento por mínimos, lo que supone el 20,51% del total.
Más de la mitad correspondieron a pensiones de jubilación, con 1.222.410 prestaciones, un 57,99%. Después se situaron las pensiones de viudedad, con 554.906, un 26,32%, y las de incapacidad permanente, con 167.080, un 7,93%.







