El cuidado de personas mayores sigue recayendo, en muchos casos, sobre las propias familias. Padres, madres, abuelos o abuelas conviven en el mismo domicilio con hijos o nietos que asumen una atención diaria, a menudo intensa y prolongada en el tiempo. Ahora bien, ¿sabías que esta situación puede dar derecho a una deducción en la declaración de la renta?
Quién puede aplicar la deducción por convivir con un familiar mayor
Esta ventaja fiscal está pensada para contribuyentes que tienen a su cargo a un ascendiente de edad avanzada dentro del mismo domicilio. En concreto, se aplica cuando el familiar tiene al menos 65 años, aunque la cuantía más elevada se reconoce cuando supera los 75 años.
No basta con vivir bajo el mismo techo de forma puntual. La persona mayor debe haber residido en la vivienda durante la mayor parte del ejercicio fiscal o, como mínimo, seis meses dentro del año correspondiente. Además, deben cumplirse los límites económicos establecidos.
El mayor no puede superar los 8.000 euros brutos anuales, sin contar rentas exentas. Si presenta la declaración de la renta, sus rendimientos sujetos a tributación no pueden exceder los 1.800 euros. Ojo, porque este punto es clave para no llevarse sorpresas después.
Los requisitos principales son los siguientes:
- El ascendiente debe tener 65 años o más, o una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
- Debe haber convivido con el contribuyente al menos seis meses en el mismo año fiscal.
- Sus ingresos anuales no pueden superar los 8.000 euros brutos, excluidas rentas exentas.
- Si presenta declaración, sus rendimientos sujetos a tributación no pueden pasar de 1.800 euros.
Cuánto se puede deducir en la renta por cada ascendiente
La cuantía de la deducción no es igual en todos los casos. Depende principalmente de la edad del familiar y de si existe una discapacidad reconocida. Según la información facilitada, puede ir desde los 1.550 euros hasta los 2.550 euros anuales por cada mayor que conviva en el hogar.
También se contemplan cantidades superiores cuando existe discapacidad, incluso aunque la persona no haya alcanzado los 65 años.
| Situación del ascendiente | Cuantía indicada |
|---|---|
| Mayor de 65 años | Hasta 1.550 euros |
| Mayor de 75 años | Hasta 2.550 euros |
| Discapacidad del 33 % al 64 % | Hasta 3.000 euros |
| Discapacidad igual o superior al 65 % | Hasta 9.000 euros |
Estas cantidades buscan reconocer el esfuerzo económico y personal que supone cuidar de un familiar en casa. De ahí que el beneficio pueda aplicarse por cada ascendiente que cumpla los requisitos dentro de la misma vivienda.
Cómo se aplica esta deducción del IRPF en la declaración
La deducción se incorpora directamente en la declaración de la renta del ejercicio correspondiente. No es necesario realizar un trámite adicional, siempre que se cumplan las condiciones de convivencia, parentesco, edad e ingresos.
Cuando varios familiares conviven con la persona mayor y todos cumplen los requisitos, la deducción no se multiplica para cada uno. En ese caso, debe repartirse entre los contribuyentes que tengan derecho a aplicarla.
La Agencia Tributaria será la encargada de comprobar que los datos son correctos antes de validar el beneficio fiscal. Por eso conviene reflejar bien la convivencia, el vínculo familiar y los ingresos del ascendiente.







