No dar la mano al jefe le cuesta el trabajo… y la empresa acaba pagandole 34.000 euros por despido discriminatorio

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 1 de mayo de 2026 a las 19:56
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Despido por no dar la mano al jefe en un caso de discriminación religiosa con indemnización de 34000 euros
El trabajador, contratado para un puesto de soporte informático en teletrabajo, explicó que su negativa respondía a motivos religiosos. Los jueces consideraron que el despido fue discriminatorio y obligaron a la compañía a indemnizarle por los perjuicios sufridos.

Un gesto producido durante la presentación inicial de un empleo terminó en los tribunales y con una condena económica para la empresa. El caso afecta a un joven que fue despedido pocos días después de incorporarse a su puesto por no estrechar la mano de su superior, una decisión que la Justicia entendió como discriminatoria.

La resolución dio la razón al empleado y obligó a la compañía a abonarle 34.000 euros. De este modo, el fallo pone el foco en los límites de la actuación empresarial cuando una conducta personal no guarda relación directa con el trabajo desempeñado.

El caso del trabajador de soporte informático despedido tras incorporarse al puesto

Según recoge la resolución, el joven había sido contratado para prestar servicios informáticos en modalidad de teletrabajo. Durante la presentación inicial en la empresa, se negó a dar la mano a su jefe al considerar que ese gesto chocaba con sus convicciones religiosas.

Después de ese momento, el trabajador envió un correo electrónico en el que aclaró que su actitud respondía a motivos personales vinculados a sus creencias. Ese mismo día, la empresa decidió rescindir su contrato al entender que existía una falta de conexión entre su desempeño y las expectativas de la organización.

A partir de ahí, el empleado optó por acudir a los tribunales. Su postura fue que la decisión empresarial no estaba motivada por razones profesionales reales, sino por un trato discriminatorio relacionado con su religión.

La sentencia por discriminación religiosa en un empleo de teletrabajo

Los jueces analizaron varios aspectos del caso y consideraron que había dos elementos especialmente relevantes. El primero fue que el puesto de soporte informático se desarrollaba en remoto, por lo que no exigía contacto físico ni con clientes ni con compañeros. Por este motivo, entendieron que el apretón de manos no era un requisito esencial para cumplir con las funciones del trabajo.

El segundo punto fue el escaso tiempo transcurrido desde el inicio de la relación laboral hasta el despido. Según la resolución, valorar el rendimiento de un trabajador y decidir su cese en un margen de entre 48 y 72 horas desde su incorporación carecía de una justificación razonable.

Con estos argumentos, la sentencia concluyó que el despido era inválido por discriminación religiosa. El tribunal entendió que la negativa a saludar fue utilizada como base para apartar a un empleado que era percibido como diferente.

El impacto de la resolución en los derechos laborales y la diversidad religiosa

La resolución también insiste en que el respeto a la diversidad cultural y religiosa dentro de la empresa no puede quedar en un segundo plano. En este sentido, recuerda que las compañías deben garantizar entornos de trabajo compatibles con los derechos fundamentales de sus empleados.

Por este motivo, el caso vuelve a abrir el debate sobre cómo encajar las normas internas de conducta con el respeto a las convicciones personales. La sentencia refuerza la idea de que una empresa no puede adoptar medidas drásticas si la conducta cuestionada no afecta al desempeño real del puesto.

Dado lo anterior, el fallo sitúa de nuevo en el centro la protección de la libertad religiosa en el ámbito laboral y los límites que tienen las decisiones empresariales cuando entran en juego derechos laborales y derechos fundamentales.

El fallo reabre el debate sobre cómo deben equilibrarse las normas internas de las empresas con el respeto efectivo a los derechos fundamentales en entornos laborales cada vez más diversos. Este tipo de cuestiones también las analizamos en nuestra sección de actualidad y sentencias laborales, donde repasamos otros fallos judiciales, interpretaciones legales y conflictos que marcan el día a día en el trabajo.

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Israel Garcia

Redactor de noticias con más de 10 años de experiencia en distintos medios, especializado en sentencias laborales, contenidos virales y de interés humano, así como en prestaciones del Estado (pensiones, ayudas y subsidios). Me dedico a investigar y explicar la actualidad con un enfoque claro y cercano, para que la información que recibes sea útil, comprensible y siempre al día.

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