Las bajas médicas han vuelto a situarse en el centro del debate laboral. Durante 2025, España registró 7,98 millones de procesos de incapacidad temporal, según los datos oficiales del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aportados. Esta situación supuso la pérdida de 341,8 millones de jornadas de trabajo, un 3,2% más que en 2024.
En este contexto aparece el caso de un trabajador asturiano que, estando de baja por enfermedad no laboral, participó en una prueba de ciclismo de montaña en Tineo y ganó un premio. ¿Puede una actividad deportiva durante una baja acabar en despido? En este caso, la justicia ha dicho que sí.
El trabajador ganó una prueba de ciclismo de montaña estando de baja médica
Los hechos ocurrieron en junio de 2023. El empleado, que trabajaba en una empresa industrial con sede en Avilés, inició una baja médica tras sufrir mareo, confusión y lentitud en el habla. Debido a estos síntomas, fue trasladado en ambulancia al Hospital San Agustín, donde permaneció ingresado varios días.
Durante la incapacidad temporal, los médicos le recomendaron evitar situaciones de riesgo y limitar actividades peligrosas. Sin embargo, el trabajador participó en una prueba de ciclismo de montaña en Tineo, completó el recorrido con una bicicleta eléctrica en menos de dos horas y publicó imágenes de su participación en redes sociales.
La empresa tuvo conocimiento de estos hechos y abrió un expediente disciplinario. Además, se apoyó en pruebas reunidas con detectives privados, que confirmaron su presencia en la competición y en otras actividades físicas durante la baja.
| Hecho clave | Detalle del caso |
|---|---|
| Inicio de la baja | Junio de 2023 |
| Motivo médico | Mareo, confusión y lentitud en el habla |
| Actividad realizada | Prueba de ciclismo de montaña |
| Lugar | Tineo |
| Decisión empresarial | Despido disciplinario en noviembre de 2023 |
La empresa entendió que la conducta podía suponer una simulación de enfermedad o, como mínimo, una vulneración grave de la buena fe contractual. Dicho de forma clara: la compañía consideró que aquello no cuadraba con la situación de baja.
El tribunal considera que la actividad física rompió la buena fe contractual
El trabajador recurrió el despido. Alegó que era improcedente y también pidió su nulidad por discriminación por enfermedad y vulneración de su intimidad. No obstante, estas alegaciones fueron rechazadas por el Juzgado de lo Social número 1 de Avilés.
Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias confirmó la procedencia del despido. Para el tribunal, participar en una prueba deportiva de montaña, con exigencias físicas importantes, era incompatible con las limitaciones médicas que justificaban la incapacidad temporal.
Las claves de la resolución fueron:
- La actividad deportiva podía perturbar la curación del trabajador.
- La participación en la prueba evidenciaba una aptitud física contraria a la baja.
- Las pruebas se obtuvieron en espacios públicos.
- No se apreció vulneración de derechos fundamentales ni de la intimidad.
Por lo tanto, el tribunal dio la razón a la empresa y ratificó el despido disciplinario. El caso refuerza la idea de que durante una baja médica no basta con no acudir al puesto de trabajo: también deben evitarse actividades que puedan resultar incompatibles con la recuperación o con las limitaciones alegadas.






