Una trabajadora con casi 30 años de antigüedad ha visto confirmado su despido procedente después de llevarse seis rollos de papel higiénico industrial de un hotel en el que prestaba servicios. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña entiende que la conducta fue consciente y que no quedó justificada la explicación ofrecida por la empleada.
La mujer trabajaba desde junio de 1995 en una empresa de venta de equipamiento para hostelería como fija discontinua, con un sueldo de 2.434,08 euros. Antes del cese, además, había estado en situación de incapacidad temporal en repetidas ocasiones.
El TSJ confirma que llevarse papel del hotel rompe la confianza laboral
La empresa entregó en junio de 2024 la carta de despido disciplinario tras comprobar que la trabajadora había sustraído una bolsa grande de plástico con seis rollos de papel industrial. La compañía consideró que estos hechos suponían una transgresión de la buena fe contractual.
¿Puede una conducta así justificar un despido, aunque el valor de lo sustraído no sea elevado? Para el TSJ de Cataluña, sí. Y aquí está la clave: el tribunal no centró el caso en el importe del material, sino en la pérdida de confianza que debe existir en cualquier relación laboral.
| Dato clave | Información del caso |
|---|---|
| Trabajadora | Fija discontinua desde junio de 1995 |
| Sueldo | 2.434,08 euros |
| Hecho imputado | Sustracción de seis rollos de papel industrial |
| Primera decisión | Despido improcedente |
| Resolución final | Despido procedente |
El Juzgado de lo Social número 1 de Mataró había considerado inicialmente que se trataba de un uso ocasional y que el despido, al ser la sanción máxima, no era proporcional. Sin embargo, la empresa recurrió y el asunto llegó al TSJ de Cataluña.
Por qué el tribunal considera procedente el despido disciplinario de la trabajadora
La empleada explicó que cogió el papel porque el perro de su hijo había vomitado en el coche el 20 de junio de 2024 y necesitaba limpiarlo. No obstante, el tribunal concluyó que esa justificación no quedó acreditada en el momento de los hechos.
Además, los magistrados tuvieron en cuenta que la trabajadora salió por la puerta de atrás del edificio de forma consciente y deliberada. Dicho claro, una papeleta complicada para defender que todo fue un simple malentendido.
En la resolución se valoraron varios aspectos:
- La trabajadora reconoció que había cogido el papel por voluntad propia.
- No quedó probada la explicación sobre el vómito del perro.
- La conducta fue realizada de forma consciente.
- El convenio colectivo calificaba como falta muy grave la apropiación de bienes de la empresa, al margen de su valor económico.
Por tanto, el TSJ entiende que los hechos encajan en una transgresión de la buena fe contractual. También se apoyó en que el Estatuto de los Trabajadores permite sancionar determinados incumplimientos contractuales con el despido disciplinario.
Finalmente, el tribunal declaró procedente el despido. La conclusión es clara: cuando se rompe la confianza laboral, el valor económico de lo sustraído puede pasar a un segundo plano.







