Contrata a su madre como empleada del hogar para que pueda cobrar el paro y la Justicia le obliga a devolver la prestación y a su hija a pagar 7.501 euros

Logo autor infoemplea2.com
Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 22 de junio de 2026 a las 13:30
Síguenos
Madre e hija realizando una contratación como empleada del hogar para obtener la prestación por desempleo.

Una mujer pierde la prestación por desempleo después de que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón considerase que su contratación como empleada del hogar por parte de su hija fue fingida. La hija, que figuraba como empleadora, deberá pagar una sanción de 7.501 euros.

El caso parte de una baja voluntaria. La trabajadora estaba de excedencia desde septiembre de 2021 y, el 5 de abril de 2023, comunicó a su empresa que no quería reincorporarse. Al tratarse de una renuncia voluntaria, no podía reanudar la prestación por desempleo que tenía suspendida. ¿Qué ocurrió después? A los pocos días fue contratada por su propia hija como empleada del hogar a tiempo parcial.

La contratación como empleada del hogar que llevó al SEPE a sospechar

Según recoge la sentencia, la mujer comenzó a trabajar horas sueltas los lunes, miércoles y jueves. Sin embargo, había dos datos que llamaron la atención: la madre nunca había trabajado en el sector doméstico y la hija tampoco había tenido antes a una empleada del hogar dada de alta.

Seis meses después, el 31 de octubre, la hija la despidió alegando una “modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar”. Tras ese despido, la madre solicitó el paro al Servicio Público de Empleo Estatal.

El SEPE sospechó de la situación y pidió la intervención de la Inspección de Trabajo. Este organismo concluyó que existían indicios suficientes de connivencia entre madre e hija, es decir, un acuerdo fraudulento para aparentar una relación laboral y permitir que la madre cumpliera los requisitos para cobrar la prestación.

Los indicios que hicieron al tribunal confirmar el fraude de ley

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón recordó que el fraude de ley no se presume, pero sí puede acreditarse mediante prueba de presunciones. Dicho claro, cuando varios indicios encajan entre sí de forma lógica, el juez puede deducir que hubo fraude. Y aquí, la cosa pintaba mal para la afectada.

Estos fueron los principales elementos valorados por el tribunal:

  • La baja voluntaria en su empleo anterior, que le impedía cobrar el paro.
  • La contratación pocos días después por parte de su hija.
  • La falta de experiencia previa de ambas en el sector doméstico.
  • El horario reducido, que no encajaba con la supuesta necesidad familiar.
  • El despido repentino sin justificar realmente qué había cambiado.

Con estos datos, el TSJ concluyó que la relación laboral fue simulada y que su finalidad era conseguir que la madre accediera a la prestación por desempleo.

Qué consecuencias tiene la sentencia para la madre y para su hija

La sanción no afecta solo a la trabajadora. La hija, al figurar como empleadora, también fue condenada por su papel en la contratación considerada fraudulenta.

Persona afectadaConsecuencia confirmada
MadreExtinción de la prestación por desempleo y obligación de devolverla
HijaMulta de 7.501 euros como falsa empleadora

Además, el Juzgado de lo Social nº 1 de Zaragoza ya había confirmado la sanción a la hija. Por su parte, el Juzgado de lo Social nº 6 de Zaragoza desestimó la demanda de la madre contra la resolución del SEPE.

La mujer recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, alegando que el SEPE y la sentencia se basaban en presunciones por el parentesco y que no se había probado el fraude. También defendió que no debía aplicarse la cosa juzgada por la condena previa de su hija.

El tribunal le dio parcialmente la razón en este último punto, al considerar que eran procedimientos distintos, pero mantuvo la conclusión principal: hubo fraude de ley. Por ello, desestimó el recurso de suplicación y confirmó la extinción de la ayuda y el deber de reintegro.

Contra la sentencia STSJ AR 365/2026 cabía recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

Logo autor infoemplea2.com

Israel Garcia

Israel García Ramírez es redactor especializado en ayudas, pensiones y Seguridad Social. En Infoemplea2 cubre contenidos sobre SEPE, paro, subsidios, Ingreso Mínimo Vital, jubilación, pensiones, incapacidad permanente y requisitos para acceder a prestaciones públicas.

Deja un comentario