El Gobierno aprobará en el Consejo de Ministros la nueva norma de jubilación flexible, una modalidad pensada para que las personas jubiladas puedan volver al mercado laboral sin perder por completo su pensión. El objetivo es alargar la vida laboral y contener el gasto del sistema de pensiones ante la próxima jubilación de la generación del baby boom.
Cómo cambia la jubilación flexible para autónomos y trabajadores por cuenta ajena
Una de las principales novedades es que esta fórmula ya no se limitará solo al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. Por primera vez, también se abrirá a los autónomos, que podrán compatibilizar su pensión con un negocio o una actividad por cuenta propia.
¿Y por qué es importante este cambio? Porque esta modalidad apenas la solicitan unas 400 personas al año, según la información aportada, y el Gobierno busca hacerla más atractiva para quienes quieran seguir activos tras jubilarse.
Además, ya no será necesario esperar un periodo mínimo desde que se reconoce la pensión. La persona jubilada podrá acceder a la jubilación flexible en cualquier momento una vez tenga reconocida la prestación. En la práctica, esto facilita mucho las cosas.
La norma también recoge una reivindicación planteada por CC OO: que no fuera necesario dejar el empleo para acogerse a esta modalidad. El sindicato defendía que, al alcanzar la edad de jubilación, el trabajador pudiera elegir entre jubilarse del todo, seguir trabajando con jubilación demorada o pasar a jubilación flexible reduciendo su jornada.
Cuánto se podrá trabajar y qué pensión se cobrará con la jubilación flexible
La nueva regulación eleva los porcentajes de jornada permitidos para compatibilizar trabajo y pensión. Actualmente, el mínimo es del 25%, pero pasará al 33%. El máximo también subirá, del 75% al 80%.
Así quedarán los principales porcentajes:
| Situación en la jubilación flexible | Porcentaje previsto |
|---|---|
| Jornada mínima de trabajo | 33% |
| Jornada máxima de trabajo | 80% |
| Aumento adicional de pensión con jornada entre el 55% y el 80% | 25% |
| Aumento adicional de pensión con jornada desde el 33% e inferior al 55% | 15% |
| Pensión compatible para autónomos durante la actividad | Hasta el 25% |
Este cambio permite trabajar más horas, pero también incorpora un incentivo en la pensión. Pasados seis meses desde el acceso al empleo, quienes trabajen entre el 55% y el 80% de jornada recibirán un 25% adicional en su pensión. Para quienes trabajen desde el 33% y por debajo del 55%, el incremento será del 15%.
Quiénes podrán mejorar su pensión futura tras volver al empleo
La parte menos favorable de la reforma está en el recálculo de la pensión. El Gobierno elimina, con carácter general, que las cotizaciones realizadas durante este periodo sirvan para mejorar la prestación cuando la persona deje de trabajar y vuelva a la jubilación plena.
Por tanto, la nueva jubilación flexible será más rentable mientras se compatibiliza trabajo y pensión, pero no después. Ojo con esto, porque el jubilado mantendrá la pensión que tenía antes de volver a la actividad.
Solo habrá una excepción:
- Los pensionistas que hayan accedido de forma involuntaria a una jubilación anticipada, por ejemplo tras un despido, sí podrán ver mejorada su pensión inicial cuando regresen a la jubilación plena, al recalcularse la base reguladora y el porcentaje aplicable según el periodo cotizado.
En consecuencia, la reforma busca que más jubilados sigan activos, también autónomos, pero limita el beneficio futuro de esas nuevas cotizaciones.







