El Día de Andalucía es festivo y, en general, para los trabajadores andaluces significa no tener que acudir al trabajo. Pero cuando ese festivo coincide con tu descanso semanal (este año cae en sábado), aparece la gran duda: ¿la empresa tiene que devolverte ese día o se da por “consumido”?
En la práctica, la respuesta no es igual para todo el mundo. Depende, sobre todo, de cómo sea tu jornada y de lo que diga tu convenio.
Qué dice el Tribunal Supremo cuando tu descanso semanal coincide con un festivo
Existe una idea bastante extendida: si un festivo cae justo en tu día libre, debe compensarse. Y es cierto que el Tribunal Supremo ha establecido que un descanso semanal no puede neutralizar un día festivo, porque son derechos distintos y con objetivos diferentes.
Por un lado, el descanso semanal está pensado para la recuperación física y la salud del trabajador. Por otro, el festivo laboral está orientado a permitir la participación en celebraciones de carácter cívico o religioso. Ojo, aquí está el matiz importante: esa conclusión hay que aplicarla según el tipo de calendario laboral que tengas.
Cuándo el 28 de febrero en sábado se compensa si trabajas a turnos
Si trabajas con cuadrantes de lunes a domingo (con descansos rotativos o fijos) y tu descanso semanal cae en sábado, esta doctrina sí encaja con la idea de que la empresa debería compensarte el día.
La clave es la desigualdad que se puede generar dentro del mismo sistema de turnos. Por ejemplo, si unas personas libran jueves o viernes y tú libras sábado, y ese sábado es festivo y se “absorbe” como descanso, tú acabarías teniendo en la práctica un solo día de libranza, mientras que otros mantendrían su descanso y, además, el festivo tendría un efecto real. Precisamente este tipo de situaciones son las que los tribunales han cuestionado en jornadas organizadas por cuadrantes. Como ves, no es “sí” o “no” para todo el mundo, sino “depende de tu cuadrante”.
Por qué en jornadas de lunes a viernes no hay compensación automática
Si tu horario es siempre de lunes a viernes y el festivo cae en sábado, no hay ninguna sentencia en la actualidad que extienda este derecho de forma automática a quienes trabajan solo de lunes a viernes. Es verdad que la última sentencia del caso Zara puede abrir líneas de interpretación en determinados supuestos, pero ningún tribunal ha afirmado de manera general que todo festivo que caiga en sábado deba recuperarse. Por tanto, en estos casos la compensación no se puede dar por hecha solo porque el 28 de febrero caiga en sábado.
Claves para comprobar tu convenio y saber si puedes pedir compensación
Entonces, ¿qué puedes hacer para salir de dudas sin dar palos de ciego? Lo más práctico es revisar tu situación concreta, porque algunos convenios sí prevén que, si el festivo cae en sábado, se traslade a un día laborable o se compense. Antes de solicitar nada, conviene seguir estos pasos:
- Revisa tu cuadrante y confirma si trabajas con turnos de lunes a domingo o con jornada fija de lunes a viernes.
- Consulta si tu convenio recoge expresamente el traslado del festivo en sábado a un día laborable o alguna compensación.
- Si estás en cuadrantes y el festivo te “come” un descanso, plantea la consulta en la empresa con tu calendario en la mano.
Y aquí la pregunta que lo cambia todo: ¿tu descanso semanal está dentro de un sistema de turnos donde otros compañeros sí “disfrutan” el festivo de forma real? Si la respuesta es sí, tu caso se parece mucho a los que han sido discutidos en tribunales.







