La Agencia Tributaria ya ha publicado el calendario del contribuyente 2026, con fechas para presentar la renta 2025 y varias autoliquidaciones. Tener estos plazos controlados ayuda a planificar, evitar sanciones y no ir a la carrera.
Si eres de los que lo deja para el final, apunta esto: hay plazos distintos según presentes por Internet o pidas que te la confeccionen por teléfono o en oficina. ¿Vas a necesitar cita? Entonces, más razón para no apurar. Además, conviene revisar si puedes beneficiarte de alguna deducción del IRPF para salarios bajos antes de confirmar tu borrador.
Fechas clave para presentar la declaración de la renta 2025 en 2026
Hacienda fija un periodo general de abril a junio de 2026, con tres vías de presentación o asistencia. Estas son las fechas publicadas:
- Del 8 de abril al 30 de junio de 2026: presentación por Internet de las declaraciones.
- Del 6 de mayo al 30 de junio de 2026: confección por teléfono (cita del 29 de abril al 29 de junio).
- Del 1 de junio al 30 de junio de 2026: confección presencial en oficinas (cita del 29 de mayo al 29 de junio).
Con estas fechas, la idea es sencilla: cuanto antes tengas claro el canal, menos sustos al final de la campaña.
Cómo pedir cita para la renta 2025 por teléfono o en oficina en 2026
Si eliges que la Agencia Tributaria te confeccione la declaración, el calendario marca también el plazo para solicitar la cita previa. Para la atención telefónica, la cita puede pedirse del 29 de abril al 29 de junio, y la confección se realiza del 6 de mayo al 30 de junio.
En la vía presencial, la cita se solicita del 29 de mayo al 29 de junio, y la confección en oficinas va del 1 al 30 de junio. Ojo con dejar la cita para el final, que se llena.
Domiciliación bancaria y vencimientos de modelos 100, 714, 102, 303 y 718 en 2026
El calendario del contribuyente 2026 también incluye plazos para autoliquidaciones con domiciliación bancaria. Aunque cada modelo tiene su letra pequeña, Hacienda ya deja marcadas las fechas de referencia.
| Modelo | Domiciliación bancaria (2026) | Vencimiento de presentación (2026) |
|---|---|---|
| 100 y 714 | Hasta el 25 de junio | Hasta el 30 de junio |
| 102 | Hasta el 30 de septiembre (si se domicilió el primer plazo: revocar/rehabilitar o domiciliar); hasta el 20 de octubre para modificar el IBAN | Hasta el 5 de noviembre |
| 303 (trimestral) | Gen.: 1-25 ene y 1-15 abr/jul/oct; 4T 2025: 1-27 ene; 1T 2026: 1-15 abr; 2T 2026: 1-15 jul; 3T 2026: 1-15 oct | Gen.: 1-30 ene y 1-20 abr/jul/oct; 4T 2025: 1-30 ene; 1T 2026: 1-20 abr; 2T 2026: 1-20 jul; 3T 2026: 1-20 oct |
| 718 (anual 2025) | 1-28 jul | 1-31 jul |
¿Domicilias para olvidarte del pago o prefieres ingresar por tu cuenta? En cualquiera de los casos, lo importante es que el vencimiento no te coja desprevenido.
Qué pasa si el plazo termina en día inhábil y cómo afecta a la domiciliación
Hacienda indica que el plazo de domiciliación bancaria depende del final del plazo de presentación de cada modelo. Si el vencimiento coincide con un día inhábil, el plazo se traslada al primer día hábil siguiente y, con carácter general, la domiciliación se amplía el mismo número de días que se amplíe la presentación.
Además, entre el fin del plazo de presentación con domiciliación del pago y el fin del plazo genérico de presentación e ingreso voluntario debe existir un mínimo de tres días hábiles o cinco naturales. A estos efectos, se consideran inhábiles los sábados, domingos, festivos nacionales y también los festivos autonómicos o locales que afecten al municipio donde radique el Departamento de Informática de la Agencia Tributaria.
Y recuerda, la campaña de la renta no es el único asunto que marcará el calendario económico de los próximos meses. Cambios fiscales, nuevas ayudas y actualizaciones en prestaciones pueden influir directamente en tu bolsillo. Si quieres estar al día y no perderte ninguna novedad, pásate por nuestra sección de Actualidad, donde te contamos todo lo que necesitas saber, de forma clara y concisa.







